Luis Alberto Zárate Pastor, secretario ejecutivo de la Comisión de la Zona de Seguridad Fronteriza, ante una intimación notarial, negó que haya afirmado que la jueza en lo civil y comercial de la ciudad de Asunción, Tania Irún, haya cometido prevaricato al entregar tierras a extranjeros dentro de la franja de seguridad fronteriza de nuestro país.
Zárate Pastor, quien es funcionario dependiente del Ministerio de Defensa, dijo que la información “no se ajusta a la verdad, pues en ningún momento manifestó lo mencionado”. Es decir, no acusó ni expresó que Irún incurrió en prevaricato.
Este desmentido se da en el marco de la investigación por presunto prevaricato en el juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”, que se encuentra a cargo de la fiscala Natalia Fuster.
Con esta afirmación se desbarata la intención de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, conocida como “Secta Moon”, quienes bajo patrocinio de sus representantes legales José Almada y Carmelo Caballero, intentan de manera intencional instalar conceptos jurídicos erróneos que carecen de fundamentación, pero logran manipular la información en medios de prensa y al mismo tiempo, mediante medidas chicaneras, alargar la definición del juicio en cuestión.
La empresa Cusabo Limited LTD, mediante la acción de sus representantes legales, intimó notarialmente a Zárate Pastor, en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Comisión de la Zona de Seguridad Fronteriza, exigiendo, primero, que responda si se ratificaba o rectificaba respecto a su afirmación de que la jueza habría cometido prevaricato al entregar tierras a extranjeros.
El segundo punto, en caso de ratificación, en base a qué norma legal habría hecho la afirmación; y, tercero, si conforme a la Ley 2532/2005 (a la que se había hecho mención en el artículo periodístico mencionado) todas las tierras que estén en zona fronteriza protegidas por la ley citada no pueden ser enajenadas a persona alguna.
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Sobre el último punto del requerimiento notarial, Zárate Pastor refirió que la Ley N° 2532/2005 y la Ley N° 2647, establecen los casos de tierras ubicadas en la zona fronteriza para su enajenación. El acto jurídico fue llevado adelante por el notario y escribano público Luis Eduardo Paredes Enciso.
Cabe señalar que la fiscal Fúster, quien investiga el supuesto delito de prevaricato, remitió al Ministerio de Defensa Nacional, el oficio N° 95, indagando sobre la supuesta violación de la Ley 2532/2005. Al respecto, Zárate Pastor comentó que la respuesta de la a Comisión de la Zona de Seguridad Fronteriza al mencionado oficio “no guarda relación con respecto a este cometido notarial”, es decir, con la supuesta irregularidad cometida por la jueza Irún.
La postura surge tras la publicación realizada en el diario La Nación, en fecha 4 de mayo del corriente año, bajo el título “Ministerio de Defensa confirmó que jueza violó ley de seguridad fronteriza al entregar tierras a extranjeros”.
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