Se establece a la vez límites mínimos y máximos para el pago de tributos. La ley detalla que el monto no podrá ser inferior a 0,4 jornales diarios ni superior a un salario mínimo legal vigente. La misma modifica la Ley N.° 620/1976 y deroga la Ley N.° 7447/2025 que entró en vigencia el pasado 6 de enero, la cual generó disconformidad debido a que el precio de las patentes se disparó en algunos municipios y en esta oportunidad la nueva fórmula también regirá en Asunción.
La norma fue sancionada el 3 de abril por el Congreso Nacional y fue remitido al Poder Ejecutivo el 8 de abril. Tuvo su origen en la Cámara de Diputados y fue ampliamente consensuada con los miembros de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci).
Mediante la citada los intendentes canalizaron su disconformidad con la anterior ley y propusieron esta nueva fórmula a la cual consideraron como más justa, puesto que equiparaba los montos entre municipalidades, evitando así la fuga de contribuyentes para este impuesto.