El Ministerio Público podría iniciar de oficio una investigación penal por el hecho punible de denuncia falsa contra exministro Anticorrupción René Fernández, quien años atrás denuncio sin fundamento, ni argumentos a la firma Tabesa sobre posibles conexiones con el terrorismo.
Esto fue desvirtuado por el Ministerio Público, quien investigó el caso por varios años y llegó a la conclusión que la firma Tabesa no se ha cometido ningún delito. Ante el escenario mencionado, la jueza penal de Garantías Lici Sánchez luego del análisis pertinente resolvió hacer lugar a la desestimación de la denuncia por no existir ningún vínculo con el terrorismo.
El artículo 289 del Código Penal Paraguayo donde se detalla sobre el delito de denuncia falsa refiere que el que a sabiendas y con el fin de provocar o hacer continuar un procedimiento contra otro le atribuyera falsamente, ante autoridad o funcionario competente para recibir denuncias, haber realizado un hecho antijurídico o violado un deber proveniente de un cargo público.
También refiere el citado artículo que “le atribuyera públicamente una de las conductas señaladas en el numeral anterior, o simulara pruebas contra él, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa”, indica el citado artículo.
DESESTIMACIÓN
La jueza de Garantías Lici Sánchez desestimó la denuncia que había presentado el entonces ministro Anticorrupción René Fernández quien recurrió a la Fiscalía con información falsa sobre el avión iraní y los negocios realizados por la empresa Tabesa, quien realizó operaciones comerciales con empresas de Aruba. El pedido para poder archivar la denuncia fue hecho por los fiscales Francisco Cabrera y Jorge Cabrera La determinación judicial refiere que “los países involucrados confirman que la operación del vuelo se realizó con la debida autorización y cumplimiento de los procedimientos legales establecidos y no se encontraron indicios de que la tripulación tuviera conocimiento o participación en actividades ilícitas relacionadas con el terrorismo o su financiamiento”.
Asimismo, la magistrada indicó que durante la pesquisa se ha ratificado que la responsable de la empresa Tabacal Free Zone NV está registrada en la Cámara de Comercio y de Industria de Aruba, obviando informaciones y datos personales de la titular, pero que se encuentran debidamente individualizada en la documentación de referencia.
De mismo modo, Sánchez sostuvo que los documentos enviados por las autoridades de nuestro país, Argentina y Aruba no han revelado ninguna evidencia que permita determinar que la tripulación de la aeronave con matrícula venezolana YV3531 incurrió en conductas tipificadas en los artículos 2 y 3 de la Ley de Asociación Terrorista y Financiamiento del Terrorismo en Paraguay, previstos en la Ley n.° 4024/2010 y su modificatoria la Ley n.° 6408/19 indica la resolución judicial.