La sala penal de la Corte Suprema de Justi­cia integrada por los ministros César Diesel, Manuel Ramírez Candia y Gus­tavo Santander rechazó una vez más dos chicanas presentadas por el abogado Enrique Kro­nawetter, defensor de Daniel Farías acusado por el caso cono­cido como filtración de Sepre­lad.

Asimismo, la máxima ins­tancia judicial refiere sobre las chicanas planteadas en el presente caso que “la utiliza­ción de resortes procesales y la enunciación de agravios ‘in abstracto’ como en el presente caso representa una inconducta procesal de las defensas, dirigi­dos en dificultar el normal desa­rrollo de la administración de justicia y se aparta de la buena fe que impone el Artículo n.º 112 del Código Procesal Penal”, señala la resolución de la Corte.

Igualmente, los ministros de la Corte mencionan que el ejerci­cio del derecho debe ajustarse a los parámetros orientadores del proceso penal hacia una ade­cuada administración de justi­cia. Una vez que se resuelvan todos los incidentes se debererá fijar la fecha para la audiencia preliminar donde se definirá si los exministros de Abdo acu­sados por asocición criminal, usurpación de funciones públi­cas, denuncia falsa y revelación de secretos de servicios.

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ACUSACIÓN CON 206 PRUEBAS

El Ministerio Público pre­sentó en su escrito de acusa­ción un total de 206 elementos de prueba, entre ellos testimo­nios, documentos y pericia que sustentan la responsabilidad de los acusados Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernán­dez, Carmen Pereira, Daniel Alberto Farías, Guillermo Preda Galeano y Francisco Pereira Cohene, en el marco de la investigación por el caso conocido como filtración de información falsa de Seprelad.

El caudal probatorio recolec­tado por la Fiscalía supera cinco veces más que la fase inicial de la presente investigación donde se tuvo 42 elementos de prueba que hizo sustentar la imputa­ción contra los exministros de Mario Abdo Benítez. Los exco­laboradores de Abdo están acu­sados por los delitos de asocia­ción criminal, usurpación de funciones públicas, denuncia falsa, y revelación de secretos de servicio.

Uno de los elemen­tos fundamentales de la acusa­ción del Ministerio Público es el informe de la extracción de datos de correos electrónicos n.º 107-2024-LF-DT-SIF-MF, auto­rizada por A.I. n.º 31 del 24 de enero de 2024 cuyo trabajo fue realizado por la ingeniera María Victoria Fleitas Valiente. Esta prueba fue autorizada y contro­lada por la jueza penal de Garan­tías de turno de aquel entonces Clara Ruiz Díaz. Asimismo, se ofreció como prueba el testimo­nio de la perito Fleitas Valiente.

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