El presidente de la República, Santiago Peña, informó que promulgó la normativa que sustituye, modifica e incor­pora varias disposiciones del régimen legal del Instituto de Previsión Social (IPS). La ley que fue impulsada por su gobierno eleva de 3 a 10 años la base de cálculo para la jubila­ción (promedio de los últimos 120 meses).

“Con la promulgación de la Ley 7446 damos un paso clave para garantizar la sos­tenibilidad del Instituto de Previsión Social (IPS), rea­firmando nuestro compro­miso con los trabajadores y sus familias. Este avance per­mitirá modernizar el sistema y consolidar al IPS como un pilar de la protección social en Paraguay”, manifestó Peña a través de sus redes sociales oficiales.

Desde el Ejecutivo sostienen que con la elevación del cál­culo jubilatorio se “refleja de manera más precisa el esfuerzo contributivo de los aportantes, evitando distor­siones por picos salariales atípicos que dañan la caja de jubilaciones”.

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A la vez se informó que a tra­vés de la ley se reasigna un 0,5 % del fondo de adminis­tración y el 2,5 % destinado al Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud Pública al fondo de salud, aumentando este en un 3 % para atender mejor a las demandas de los asegurados.

También apuntará a regu­larizar las propiedades de la previsional que actualmente carecen de titulaciones, for­taleciendo de esa manera su patrimonio.

“Con esta ley hacemos un IPS más fuerte, cuidando lo que es de todos los asegurados”, indica el material audiovi­sual compartido por el jefe de Estado.

Para la jubilación ordinaria, los asegurados del IPS debe­rán tener al menos 60 años y 25 años de aporte, con un monto jubilatorio equiva­lente al 100 % del prome­dio de los últimos 10 años de salarios registrados. Mien­tras que para la jubilación anticipada, se requiere una edad mínima de 55 años y 30 años de aporte, con un monto inicial del 80 % que incrementará gradual­mente en función de la edad del asegurado.

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