La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Manuel Ramírez Candia, César Diesel y Gustavo Santander, rechazó una vez más una nueva chicana que presentaron los abogados de los imputados por filtrar y producir información falsa en la Seprelad. Esta vez la máxima instancia judicial rechazó una nueva recusación contra los camaristas María Belén Agüero, Arnaldo Fleitas y Bibiana Benítez.
Los abogados Osvaldo Granada, quien ejerce la defensa de René Fernández, Emilio Fúster, defensor de Arnaldo Giuzzio, Enrique Kronawetter, representante legal de Daniel Farías, y Jorge Rolón Luna, defensor de los imputados Guillermo Preda, Carmen Pereira y Francisco Pereira Cohene, fueron quienes recusaron a los tres camaristas.
Los ministros de la Corte sostienen que los argumentos presentados por los defensores de los imputados en la recusación contra los camaristas no tienen sustento jurídico y tampoco son motivos para poder separar a los magistrados del presente proceso penal por lo que corresponde rechazar la recusación y confirmar la competencia de los camaristas.
En caso de que los mismos profesionales del derecho vuelvan a presentar alguna recusación, ya se podrían exponer a una sanción disciplinaria atendiendo a la actitud dilatoria en el presente caso.
Los delitos imputados contra el expresidente Mario Abdo Benítez y sus excolaboradores son: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.
El Ministerio Público imputó al expresidente Mario Abdo Benítez y a su exministro, a raíz de la elaboración de informes de inteligencia que luego fueron divulgados a la prensa con el fin de atacar políticamente al exmandatario Horacio Cartes y el entonces candidato presidencial Santiago Peña.
Según el acta de imputación, existen suficientes elementos de convicción que hacen sospechar la existencia de los siguientes delitos: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.