Desde la Secretaría Nacio­nal de Administración de Bienes Incautados y Comi­sados (Senabico) dejaron en claro que la normativa por la cual se rige la institución, también está habilitada a ceder el uso de los vehículos a entidades del Estado que no se dediquen exclusivamente a la lucha contra el narcotrá­fico o el lavado de dinero.

“A otras instituciones que no formen parte de la prioridad, pero cumplen con la descrip­ción de instituciones públi­cas que la ley señala, se les puede asignar los vehículos que no sean utilizados para la lucha contra el narcotrá­fico”, expresó Santiago Arza, secretario general de la Sena­bico en contacto con “Cuenta Final”, emitido por Universo 970 AM/Nación Media.

La ley que regula la Senabico establece en su artículo 39 que de manera prioritaria se deben entregar los vehí­culos a ciertas instituciones, dentro de la figura de uso pro­visional, a aquellas dedicadas a estos dos hechos punibles mencionados, y en este sen­tido, los mayores acreedores de los rodados son la Policía Nacional, la Secretaría Nacio­nal Antidrogas (Senad), el Ministerio Público, algunas dependencias de las fuer­zas militares, el Ministe­rio de Justicia, la Secreta­ría Nacional de Inteligencia, entre otras.

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Arza afirmó que si bien exis­ten las instituciones prioriza­das, también otras entidades del Estado pueden tener el uso provisional de los rodados. En total, existen 51 institu­ciones receptoras de vehícu­los, entre las que se encuen­tra la Secretaría Nacional de la Juventud, Ferrocarriles del Paraguay SA (Fepasa), la Cámara de Senadores, el Ins­tituto Nacional del Indígena (Indi), Cañas Paraguayas SA (Capasa), gobernaciones, municipalidades y otras más.

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