Desde la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) dejaron en claro que la normativa por la cual se rige la institución, también está habilitada a ceder el uso de los vehículos a entidades del Estado que no se dediquen exclusivamente a la lucha contra el narcotráfico o el lavado de dinero.
“A otras instituciones que no formen parte de la prioridad, pero cumplen con la descripción de instituciones públicas que la ley señala, se les puede asignar los vehículos que no sean utilizados para la lucha contra el narcotráfico”, expresó Santiago Arza, secretario general de la Senabico en contacto con “Cuenta Final”, emitido por Universo 970 AM/Nación Media.
La ley que regula la Senabico establece en su artículo 39 que de manera prioritaria se deben entregar los vehículos a ciertas instituciones, dentro de la figura de uso provisional, a aquellas dedicadas a estos dos hechos punibles mencionados, y en este sentido, los mayores acreedores de los rodados son la Policía Nacional, la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), el Ministerio Público, algunas dependencias de las fuerzas militares, el Ministerio de Justicia, la Secretaría Nacional de Inteligencia, entre otras.
Arza afirmó que si bien existen las instituciones priorizadas, también otras entidades del Estado pueden tener el uso provisional de los rodados. En total, existen 51 instituciones receptoras de vehículos, entre las que se encuentra la Secretaría Nacional de la Juventud, Ferrocarriles del Paraguay SA (Fepasa), la Cámara de Senadores, el Instituto Nacional del Indígena (Indi), Cañas Paraguayas SA (Capasa), gobernaciones, municipalidades y otras más.