La Ley 7322/2024, que establece la Pensión Universal Para las Personas Adultas Mayores impulsada por el gobierno de Santiago Peña establece una serie de pasos y requisitos fundamentales que deben ser tenidos en cuenta para su acceso. En esta nota te informamos quiénes pueden ser beneficiarios para la asistencia estatal, cuáles son los requisitos y cómo pueden registrarse al programa.

¿Dónde me ins­cribo?

Los adultos mayores inte­resados en acceder a la pensión podrán hacerlo desde la casa a través de la página web: www.mds.gov.py con cualquier dis­positivo móvil (celular, tablet, computadora). A la vez podrán registrarse en la oficina central del Ministerio de Desarrollo Social (MDS), localizado en la ciudad de Fernando de la Mora, departamento Central. Deberán diri­girse hasta la oficina pro­grama prensión adultos mayores.

¿Quiénes serán los bene­ficiarios?

La normativa establece 5 requisitos principales para acceder a la pensión mensual no menor al 25 % del salario mínimo legal vigente, el que será rea­justado automáticamente conforme a la variación del mismo, para el año que viene, el monto será de G. 700.000.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Los beneficiarios al pro­grama serán las perso­nas con más de 65 años, los paraguayos naturali­zados con más de 5 años de residencia, los extran­jeros con más de 30 años de residencia en Paraguay, las personas con discapa­cidad severa (que cuenten con certificado del Sena­dis) con más de 60 años y los miembros de comuni­dades indígenas, con más de 55 años.

¿Cuál es el mecanismo de selección para acceder a la pensión?

Tras la eliminación del censo con la vigencia de la ley se estableció un nuevo mecanismo para la selec­ción de los adjudicados. El Ministerio de Desarrollo Social revisará el listado de adultos mayores de 65 años, personas con dis­capacidad mayores de 60 años y miembros de comu­nidades indígenas mayores de 55 años.

Cruzará datos y articulará el trabajo con el Registro Civil, el Departamento de Identificaciones la Policía Nacional, el Instituto Para­guayo del Indígena (Indi), la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapa­cidad (Senadis), diferen­tes cajas de jubilaciones, el Servicio Nacional Calidad y Salud Animal (Senacsa) y otras instituciones del Estado, para así ver quié­nes cumplen con los requi­sitos establecidos en la nueva ley.

Primero, se incorporará a personas de mayor edad, luego en un orden decre­ciente, se irá bajando hasta completar el cupo asignado por el presupuesto. Desde el MDS indicaron que anualmente se agregará a la lista de beneficiarios a 30.000 nuevas personas.

¿Qué documentos debo presentar?

Desde la cartera refieren que el único documento que deberán presentar los adultos mayores para per­cibir la pensión mensual es la cédula de identidad actualizada.

¿Cuáles serían los otros beneficios sociales a los cuales acceden los bene­ficiarios de la ley?

Los adjudicados tendrán acceso preferencial a los bienes y servicios cultura­les, a recreación, así como actividades de esparci­miento y deportivas que tengan en cuenta los inte­reses y las necesidades de las personas mayores, estará prevista la gratui­dad o descuentos para el acceso a cines, los espec­táculos artísticos y cultu­rales, así como deportivos.

Los beneficiados serán las personas de más de 65 años, los paraguayos naturalizados con más de 5 años de residencia, entre otros.FOTO: ARCHIVO

¿Cuáles son los datos que debes tener en cuenta?

La normativa anualmente señala que se incorporarán 30.000 nuevos beneficia­rios. Otros de los puntos a tener en cuenta es que las personas que han cumplido 65 años de edad, no nece­sariamente serán inclui­das dentro del programa de forma automática.

Ante esta situación, para ingresar al programa es necesario registrarse en el sistema de Adultos Mayores a través de la página web. El Ministerio de Desarro­llo Social realizará un cru­zamiento de datos con la Policía Nacional, el Ins­tituto de Previsión Social (IPS), la Dirección Nacio­nal de Ingresos Tributarios (DNIT) y el Servicio Nacio­nal Calidad y Salud Animal (Senacsa), para saber si reú­nen los requisitos.

¿Quiénes no pueden ser beneficiarios?

No podrán ser beneficia­rios de la pensión uni­versal las personas que perciben salario del sec­tor público y/o privado, los que se encuentren cobrando otra pensión y/o sean jubilados, los contribuyentes a la renta y los que poseen más de 30 cabezas de ganado.

Déjanos tus comentarios en Voiz