El presidente de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones SA (Copaco), Óscar Stark, destacó que después de muchos años llega una buena noticia a la institución: el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral ordenó el levantamiento de varios embargos sobre inmuebles y varias cuentas bancarias, proceso en que tuvo intervención la Procuraduría General de la República a favor del ente estatal.
En comunicación con el programa “Dos en la ciudad”, que se emite por GEN y Universo 970 AM/Nación Media, Stark resaltó que este logro permitirá generar un antecedente favorable para la institución porque Copaco es 100 % del Estado, reivindicando el principio legal que puntualiza que los bienes del Estado son inembargables.
“La verdad pocas noticias buenas hemos recibido sobre Copaco, esta buena noticia fue gracias al excelente trabajo de la Procuraduría, con el acompañamiento de la asesoría jurídica para establecer un principio de que los bienes del Estado son inembargables y que Copaco es una empresa 100 % propiedad del Estado. Entonces eso hace que se facilite mucho la gestión del Estado”, comentó.
PRECEDENTE PARA OTROS PROCESOS
Enfatizó que este se genera un precedente, a fin de que otros juzgados vayan revocando igualmente las órdenes de embargos que pesa sobre inmuebles y cuentas de Copaco, así como también que se vayan rechazando a partir de ahora las solicitudes de embargo. Teniendo en cuenta que desde el 2019 algunos juzgados, a pedido de jubilados de Copaco, fueron embargando a la empresa. Stak confirmó que Copaco cuenta con más de 500 inmuebles, que igualmente se están haciendo un trabajo enorme, porque muchos de esos inmuebles no están aún a nombre de Copaco. “Fueron donados hace 30, 40 o 50 años, y en su momento no se hizo la gestión que había que hacer para concretar las transferencias”, explicó.
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PGR continúa trabajo para levantar embargos de Copaco
La Procuraduría General de la República (PGR) informó en un comunicado que el 100 % de las acciones de Copaco SA son del Estado paraguayo, por lo que corresponde su acción de solicitar el levantamiento del embargo que pesa sobre sus bienes. Los embargos son aplicados durant juicios iniciados por exfuncionarios, por lo que la PGR impulsó el levantamiento y obtuvo, en un primer caso, el levantamiento de cinco inmuebles y diez cuentas bancarias de la empresa.
A través del comunicado, la PGR aclara que Copaco se trata de una empresa pública, conforme a la Ley 5058/13, por lo tanto, sus bienes son propiedad del Estado paraguayo y corresponde a la Procuraduría su defensa. El fallo para el levantamiento de los bienes determinó que Copaco, al ser una empresa estatal, cuenta con bienes inembargables de acuerdo al art. 716 inc. b) del Código Procesal Civil.
NUEVO LEVANTAMIENTO DE EMBARGO
Por otra parte, la PGR informó que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Noveno turno de la capital, resolvió hacer lugar al levantamiento de embargo solicitado por el procurador general de la República, Marco Aurelio González Maldonado, y, en consecuencia, ordenó los levantamientos de los embargos preventivos y ejecutivos trabados sobre las cuentas corrientes, cajas de ahorro, a la vista o plazo, aportes, títulos valores, cartas de crédito, depósitos y/o cualquier otro título de crédito, bienes muebles e inmuebles que se encuentran a nombre de VOX (Hola Paraguay SA).
Con esta nueva acción, se recuperan 76 inmuebles por un valor total de G. 51.467.443.545. Resaltan que claramente el valor de todos los bienes embargados es ampliamente superior al valor de la deuda.
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Procuraduría General continúa trabajando en levantar embargos sobre bienes de Copaco
La Procuraduría General de la República (PGR) informó en un comunicado que el 100 % de las acciones de Copaco S.A. son del Estado paraguayo, por lo que corresponde su acción de solicitar el levantamiento del embargo que pesa sobre sus bienes. Los embargos son aplicados durante juicios iniciados por exfuncionarios, por lo que la PGR impulsó el levantamiento y obtuvo, en un primer caso el levantamiento de cinco inmuebles y diez cuentas bancarias de la empresa.
A través del comunicado, la PGR aclara que Copaco se trata de una empresa pública, conforme a la Ley 5.058/13, por lo tanto, sus bienes son propiedad del Estado paraguayo y corresponde a la Procuraduría su defensa. El fallo para el levantamiento de los bienes determinó que Copaco, al ser una empresa estatal, cuenta con bienes inembargables de acuerdo al Art. 716 inc. b) del Código Procesal Civil.
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Nuevo levantamiento de embargo
Por otra parte, la PGR informó que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Noveno turno de la capital, resolvió hacer lugar, al levantamiento de embargo solicitado por el procurador general de la República, Marco Aurelio González Maldonado, y, en consecuencia, ordenó los levantamientos de los embargos preventivos y ejecutivos trabados sobre las cuentas corrientes, cajas de ahorro, a la vista o plazo, aportes, títulos valores, cartas de crédito, depósitos y/o cualquier otro título de crédito, bienes muebles e inmuebles que se encuentran a nombre de VOX (Hola Paraguay S.A.).
Con esta nueva acción, se recuperan 76 inmuebles por un valor total de G. 51.467.443.545. Resaltan que claramente, el valor de todos los bienes embargados es ampliamente superior al valor de la deuda.
Mencionan que la PGR, en representación del Estado paraguayo, en el marco de los autos “Siquem S.R.L. contra Hola Paraguay S.A. sobre acción ejecutiva”, solicitó el levantamiento de los embargos preventivos y ejecutivos trabados sobre todos los bienes muebles e inmuebles que se encuentran a nombre de VOX (Hola Paraguay S.A.), empresa con una relación jurídica de carácter público, con la Compañía Paraguaya de Comunicaciones S.A. (Copaco S.A.). En ese sentido, la PGR estableció la relación entre estas entidades, mediante análisis y documentaciones presentadas.
Los argumentos planteados por la Procuraduría General de la República en defensa de los bienes del Estado sostienen entre otros puntos que, conforme a la normativa interna de nuestro país, Copaco S.A. es una empresa de carácter público, porque fue creada por disposición de una ley, presta un servicio imprescindible y el titular de las acciones es el Estado, y sus bienes pertenecen al Estado paraguayo. Asimismo, la PGR argumentó que Copaco constituye un patrimonio del Estado y por tanto sus bienes no pueden ser embargados en atención a lo establecido en el artículo 716 del CPC, modificado por Ley N° 1493/00.
En su férrea defensa, la PGR también manifestó que los bienes del Estado paraguayo se encuentran integrados con la Copaco y VOX (Hola Paraguay S.A), siendo propietario mayoritario de los bienes de acuerdo a las 99 acciones, correspondiéndole una sola de las acciones a la Copaco, cuya entidad se integró con la empresa VOX (Hola Paraguay S.A.), conforme a los estatutos de la creación de la Copaco S.A.
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Fallo judicial permitirá recuperar a Copaco de cuantiosos embargos, afirmó Stark
El presidente de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones S.A. (Copaco), Óscar Stark, destacó que después de muchos años llega una buena noticia a la institución: el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral ordenó el levantamiento de varios embargos sobre inmuebles y varias cuentas bancarias, proceso en que tuvo intervención la Procuraduría General de la República a favor del ente estatal.
En comunicación con el programa “Dos en la Ciudad”, que se emite por GEN y Universo 970 AM/Nación Media, Stark resaltó que este logro permitirá generar un antecedente favorable para la institución porque Copaco es 100% del Estado, reivindicando el principio legal que puntualiza que los bienes del Estado son inembargables.
“La verdad pocas noticias buenas hemos recibido sobre Copaco, esta buena noticia fue gracias al exclente trabajo de la Procuraduría, con el acompañamiento de la asesoría jurídica para establecer un principio de que los bienes del Estado son inembargables y que Copaco es una empresa 100 % propiedad del Estado. Entonces eso hace que se facilite mucho la gestión del Estado”, comentó.
Precedente para otros procesos
Enfatizó que este se genera un precedente, a fin de que otros juzgados vayan revocando igualmente las órdenes de embargos que pesa sobre inmuebles y cuentas de Copaco, así como también que se vayan rechazando a partir de ahora las solicitudes de embargo. Teniendo en cuenta que desde el 2019 algunos juzgados, a pedido de jubilados de Copaco, fueron embargando a la empresa.
“El pedido de embargo es presentado principalmente por grupos de jubilados de Copaco que reclaman el cobro de una bonificación por jubilación, porque en la institución, de acuerdo a lo que está establecido en el contrato colectivo los funcionarios de Copaco, además de recibir su jubilación de IPS (Instituto de Previsión Social), tienen que recibir un beneficio de 0,5 salarios por año de antigüedad, y eso es lo que están reclamando muchos jubilados”, explicó, agregando que Copaco tiene embargos por casi 29 mil millones de guaraníes, generando serias dificultades financieras a la institución.
“Esto ayudará a cambiar esta tendencia que se instaló desde el año 2019, en la que algunos jueces a pedido de jubilados fueron embargando vienes de Copaco, a pesar de que los bienes de la institución son inembargables y Copaco es una sociedad anónima, pero 100 % del Estado. Entonces, esto va generar un antecedente favorable, porque hará que ya no se embarguen los recursos de Copaco y esto permitirá una mejor gestión de las finanzas y los recursos general de la institución”, comentó.
Stak confirmó que Copaco cuenta con más de 500 inmuebles, que igualmente se están haciendo un trabajo enorme, porque muchos de esos inmuebles no están aún a nombre de Copaco. “Fueron donados hace 30, 40 o 50 años, y en su momento no se hizo la gestión que había que hacer para concretar las transferencias. pero hay más de 450 inmuebles que están regularizadas a nombre de Copaco, pero hay un poco más de 100 inmuebles que están en proceso de depuración y que vaya siendo transferido a nombre de Copaco”, concluyó.
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Procuraduría logra levantar embargo de cuentas e inmuebles de Copaco por ser patrimonio del Estado
Mediante la gestión de la Procuraduría General de la República, el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral, resolvió a favor de la pretensión del Estado paraguayo y ordenó el levantamiento del embargo sobre bienes de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones Sociedad Anónima (Copaco S.A.).
El fallo implica la posibilidad de disponer del monto en efectivo de G. 234.687.649, más 5 inmuebles valuados en un monto total de G. 5.110.296.540. El mismo se dio en el marco del juicio ordinario instaurado por María Ladislaa Mereles contra Copaco.
El incidente de levantamiento de embargo deducido por el procurador general de la República, Marco Aurelio González Maldonado, y el procurador delegado, Darío Espínola Scribano, fue admitido por el juzgado y en consecuencia se ordenó el levantamiento de los embargos ejecutivos.
De los inmuebles en cuestión, dos de ellos se encuentran en el distrito de Mariano Roque Alonso, otros dos en el distrito de San Roque y un inmueble del distrito de San José de los Arroyos.
Igualmente, el Juzgado, ordenó levantar los embargos de las cuentas en las distintas entidades bancarias consistentes en las sumas de G. 17.718.393 y ₲ 5.542.921 de un banco; G. 7.063.000 y G. 19.181.000 de otro banco; G. 93.131.163 de una tercera entidad bancaria; las sumas de G. 2.400.570, G. 58.066.182, G. 11.054.892, G. 10.000.000 y G. 10.529.598, respectivamente, de un cuarto banco.
Patrimonio del Estado
La Procuraduría General de la República, en defensa de los intereses del Estado, solicitó el levantamiento del embargo que pesaba sobre los bienes de Copaco S.A., argumentando que según el artículo 29 de los estatutos de Copaco, de las 100 acciones con las que se conformó, 99 de ellas corresponden al Estado paraguayo.
Además, Copaco es considerada una empresa pública (EP) según los términos del artículo 3 de la Ley n.º 5058/13 “Que crea el Consejo Nacional de Empresas Públicas (CNEP)”.
Igualmente, la defensa de la Procuraduría sostuvo que, conforme a la normativa interna del país, Copaco S.A. es una empresa de carácter público porque fue creada por disposición de una ley, presta un servicio imprescindible y el titular de las acciones es el Estado, y sus bienes pertenecen al Estado paraguayo, y deduce que Copaco constituye un patrimonio del Estado y, por tanto sus bienes no pueden ser embargados.
El juzgado en su análisis y considerando resaltó que Copaco es una empresa estatal, por lo que concluye que sus bienes son inembargables de acuerdo al art. 716 inc. b) Código Procesal Civil. Por consiguiente, corresponde hacer lugar al incidente de levantamiento de embargo deducido por la Procuraduría General de la República.
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