La Cámara de Apela­ción, integrada por los camaristas María Belén Agüero, Digno Arnaldo Fleitas y Gustavo Aguade, confirmó la competencia de la jueza penal de garantías Cynthia Lovera tras estar casi cinco meses trabado el proceso penal que enfrenta el expresidente de la Repú­blica Mario Abdo Benítez y su gavilla, por varios hechos punibles que tienen que ver con el caso conocido como fil­tración de la Seprelad.

Con esta decisión, se destraba el proceso penal y se tiene vía libre para que pueda avan­zar la causa que involucra al exmandatario y los exco­laboradores de su gobierno, reportó desde el Poder Judi­cial el periodista de Nación Media Aldo Insfrán.

A partir de la fecha, la jueza penal de Garantías podrá estudiar las chicanas que se han presentado al ini­cio del proceso penal y con esta decisión de la Cámara de Apelación se destraba la causa luego de que tam­bién la sala penal de la Corte Suprema de Justicia hiciera lo mismo.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Con relación a las chicanas presentadas por los abogados de los investigados se encuen­tran pendientes de una reso­lución de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Dejesús Ramírez Candia y César Diesel, estos dos últimos puestos en la máxima instancia judicial durante el mandato de Abdo Benítez.

RESOLUCIÓN

La recusación había sido plan­teada por el abogado Emilio Fuster, defensa técnica de Arnaldo Giuzzio, en contra de la jueza Cynthia Lovera para evitar que avance la investi­gación del caso por filtración de datos confidenciales de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).

La Cámara de Apelación resolvió no hacer lugar a la recusación planteada por Fuster, señalando de que es una recusación sin argumen­tos y que no corresponde a derecho, teniendo en cuenta que el cuestionamiento hacia la magistrada al admitir el acta de imputación de los fiscales Aldo Canero y Gio­vani Grisetti en el marco de esta causa.

“Se evidencia en los particu­lares motivos de recusación que no existen efectivas cir­cunstancias que demuestren que la separación pretendida pueda responder a causales avaladas en serios fundamen­tos, por lo que opino que no debe hacerse lugar a la recu­sación planteada y, en conse­cuencia, confirmar a la jueza Cynthia Lovera para seguir entendiendo en el presente juicio”, indica la opinión del juez Arnaldo Fleitas en la resolución.

Déjanos tus comentarios en Voiz