El debate fue realizado mediante una audiencia pública impulsada por la Defensoría del Pueblo y la Comisión de Derechos Humanos de la institución legislativa.
“La Ley 4013 es la que regula el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, cuando esta es una garantía constitucional que no puede ser regulada, sino que tiene que ser garantizada por el Estado y este tiene que determinar las condiciones para el ejercicio, el camino para que las personas afectadas por la obligatoriedad del servicio militar puedan ejercer ese derecho”, comentó la abogada Giselle Rivas, directora de la Dirección de Conciencia de la Defensoría del Pueblo.
Asimismo, afirmó que durante los últimos dos años la Defensoría del Pueblo realizó un estudio exhaustivo de la normativa promulgada en el año 2010, ocasión en que visualizaron “diversos obstáculos” para el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia.
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Instan a consumidores a denunciar abusos contra sus derechos: conocé los casos comunes
La Defensoría del Pueblo y Secretaría Nacional de Defensa al Consumidor y al Usuario (Sedeco) anunciaron que trabajarán de forma coordinada para resolver y paliar el gran número de denuncias de violaciones a los derechos del consumidor que se recepcionan semanalmente. Según dieron a conocer, se identificó prácticas abusivas en telefonías y entidades financieras, por lo que se insta a la ciudadanía a realizar los reclamos correspondientes para detenerlas.
El defensor del Pueblo, Rafael Ávila, señaló que tienen registradas casi 930 denuncias de violación a los derechos del consumidor, donde se destacan sobre todo las prácticas abusivas de empresas telefónicas y entidades financieras y comerciales. “En mayor medida, vemos que hay fuerte incumplimiento de las telefónicas hacia los clientes, desde cobranza ilegal de cuantas canceladas hasta velocidades de internet engañosas. Hay una amplia gama de servicios que ofrecen y no cumplen”, explicó a GEN/Nación Media.
Además de las empresas telefónicas, las entidades financieras y comerciales también concentran un gran número de denuncias, detalló Ávila. “Tras la recepción de las denuncias, se van abriendo los expedientes y realizando las verificaciones. Posteriormente, se canalizan junto con la Sedeco, que es el organismo con potestad jurídica para aplicar multas, y finalmente se le entrega el finiquito al recurrente que se acerca y pide una solución”, mencionó el defensor del Pueblo.
¿Cómo denunciar?
Ávila recordó que la Defensoría del Pueblo es la encargada de canalizar los reclamos y realizar un seguimiento en trabajo coordinado con la Sedeco para posteriormente comunicar a los recurrentes sobre el finiquito o resolución de las denuncias. “Es importante realizar las denuncias para evitar que estas prácticas abusivas se vuelvan comunes”, explicó Ávila.
Respecto al procedimiento para realizar los reclamos, el defensor aclaró que los interesados se pueden comunicar vía redes sociales con su institución a fin de abrir el expediente que posteriormente se canalizará con la Sedeco. “Nosotros hacemos el seguimiento al expediente”, remarcó.
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SMO: Defensoría del Pueblo apunta a cambiar reglas para aplicar la objeción de conciencia
En el transcurso de este martes, en la Cámara de Diputados se coloca en el tapete nuevamente una propuesta que modifica la reglamentación del ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio. El debate fue realizado mediante una audiencia pública impulsada por la Defensoría del Pueblo y la Comisión de Derechos Humanos de la institución legislativa.
“La Ley 4013 es la que regula el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, cuando esta es una garantía constitucional que no puede ser regulada, sino que tiene que ser garantizada por el Estado y este tiene que determinar las condiciones para el ejercicio, el camino para que las personas afectadas por la obligatoriedad del servicio militar puedan ejercer ese derecho”, comentó la abogada Giselle Rivas, directora de la Dirección de Conciencia de la Defensoría del Pueblo.
Asimismo, afirmó que durante los últimos dos años, la Defensoría del Pueblo realizó un estudio exhaustivo de la normativa promulgada en el año 2010, ocasión en que visualizaron “diversos obstáculos” para el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia.
“La actual ley coloca muchos condicionamientos, mucha burocracia encarece los servicios públicos, entonces en ese sentido aparte de reconocer las garantías para el ejercicio del derecho, buscamos descomprimir los procesos burocráticos”, comentó.
Detalló que actualmente el proceso de declaración de objeción de conciencia para una persona afectada por la obligatoriedad del servicio militar puede durar entre 1 o 2 años. “Esto debido a que cada paso que el objetor pretenda dar en el avance de su solicitud tendrá que ser autorizada por la figura Consejo Nacional de Objeción de Conciencia. Reunir a todos sus miembros con la frecuencia necesaria para dar agilidad a los trámites es súper complicado”, puntualizó.
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El citado órgano está conformado por el defensor del Pueblo, un senador y un diputado integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Poder Legislativo, un representante del Ministerio de Defensa y un representante de los objetores.
“La norma vigente también supedita que el consejo determine si es viable o no la validez de la declaración de conciencia. En el proyecto pretendemos garantizar el ejercicio del derecho y que la declaración de objeción de conciencia sea válida por sí misma. Entonces la simple declaración es válida, se elimina la necesidad que el consejo haga una investigación de la opción de esa persona, que declare cuál es el motivo por el cual presenta su declaración de conciencia”, indicó.
La abogada siguió sosteniendo que “es una garantía constitucional que ninguna persona está obligada a declarar o ser cuestionada por sus convicciones, creencias o ideologías”. Por otra parte, detalló que a finales del año 2023 la Defensoría del Pueblo contó con 994 objetores. Mientras que desde el inicio de este 2024 hasta el pasado mes de mayo se registraron 200 objetores de conciencia.
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Ofrecieron charlas educativas sobre acoso escolar en colegios de Central
La Defensoría del Pueblo de la Unidad 1, con sede en San Lorenzo, realizó charlas educativas sobre acoso escolar que se desarrollaron en distintas instituciones educativas del departamento Central.
El objetivo es promover y divulgar de los derechos humanos mediante charlas educativas dirigidas a alumnos de diversas entidades educativas. Las actividades se centran en la problemática del acoso u hostigamiento escolar (bullying).
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De esta forma, se busca concienciar a los estudiantes sobre la importancia de prevenir el acoso en el ámbito educativo. El acoso u hostigamiento escolar se define como cualquier forma de violencia física, verbal, psicológica o social entre alumnos, que se realiza de manera reiterada en el ámbito educativo, causando en la persona afectada un agravio o menoscabo en su desarrollo integral.
Durante estas charlas, se enfatiza la responsabilidad de los alumnos de informar y dar a conocer situaciones de acoso escolar o bullying físico, psicológico o cibernético que estén viviendo, así como aquellas que observen o sepan que les están ocurriendo a sus compañeros.
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Es fundamental que los estudiantes informen estas situaciones a sus padres, familiares o maestros para proteger a los niños y adolescentes, ya que está en juego su dignidad y sus derechos fundamentales.
Desde la Defensoría del Pueblo reafirman su compromiso con la protección de los derechos humanos y la creación de un entorno educativo seguro y libre de acoso para todos los estudiantes.
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Defensoría del Pueblo rechaza interceder por privilegios penitenciarios
La Defensoría del Pueblo, que preside Rafael Ávila, emitió este miércoles un comunicado argumentando que la institución no permitirá la manipulación de grupos vinculados al crimen organizado que apuntan a recuperar sus privilegios dentro de la cárcel de Tacumbú, que fueron erradicados tras la operación Veneratio, lanzada por el gobierno el pasado 18 de diciembre.
“En las semanas del presente año se han constituido ante esta representación constitucional extrapoder diversas personas pretendiendo utilizar a la Defensoría del Pueblo como un mecanismo de presión para interceder ante el Estado con los grupos del crimen organizado, con el único objetivo de volver a acceder a los privilegios que les han sido eliminados en el régimen penitenciario a partir del operativo Veneratio y gozar de toda la impunidad que les ha permitido manejar por mucho tiempo la penitenciaría de Tacumbú y otros centros penales del Paraguay”, sostiene.
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La nota refiere que, ante los hechos notorios e irregulares, la Defensoría del Pueblo accionará y formulará las denuncias “ante los órganos pertinentes en caso de que algún funcionario o funcionaria arrogándose atribuciones institucionales pretenda interceder o lograr privilegios para este grupo especifico de personas privadas de su libertad con relación directa al crimen organizado”.
Sostiene que la institución, conforme a su rol constitucional establecido en los artículos 276 y 277 de la Constitución Nacional, “en todo momento se ha abocado al control de debido proceso y la protección de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad sean estas prevenidas o condenadas realizando recomendaciones al Poder Judicial, al Ministerio de Justicia, al Ministerio del Interior, a la Policía Nacional y a otras instituciones estatales a fin de que puedan velar por el cumplimiento integro de los principios procesales”.
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La Defensoría del Pueblo reitera en su comunicado que “ese rol constitucional no será apañado por personas inescrupulosas que pretendan de alguna manera la obtención de beneficios irregulares y pretendan torcer los principios de prevención general y de prevención especial positiva como fines de la pena previstos en el artículo 20 de la Constitución Nacional”.
En la operación Veneratio se logró el traslado de unos 700 reclusos vinculados al clan Rotela a otras penitenciarías del país y la recaptura del líder de la organización criminal, Armando Javier Rotela, que encabezada un esquema de tráfico de drogas y venta de armas, para ser derivado a una cárcel de máxima seguridad en Emboscada (Cordillera).