Los abogados encargados de la defensa de Mario Abdo Benítez y su gavilla recurren a diversas maniobras dilatorias para evitar que avance la investigación del caso por filtración de datos confidenciales de la Seprelad. La Corte Suprema de Justicia debe aplicar su propia acordada para sancionar a los abogados que hacen abuso del derecho y actúan de mala fe.
El proceso penal que investiga al expresidente de la República Mario Abdo Benítez y varios exministros de su gabinete se encuentra paralizado por las múltiples chicanas presentadas por los abogados de los acusados. El expediente se halla pendiente de una resolución de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Dejesús Ramírez Candia y César Diesel, estos dos últimos puestos en la Corte durante el mandato de Abdo Benítez.
Estos ministros de la Corte deben analizar un recurso planteado por el abogado Felino Amarilla, en representación del extitular de Seprelad Carlos Arregui, quien presentó una recusación contra los camaristas María Belén Agüero, Arnaldo Fleitas y Jesús Riera. Lo llamativo del caso es que se recusó al camarista Riera sin que este siquiera haya aceptado formar parte de este tribunal de apelación para analizar la causa. Otro argumento que motivó la recusación fue que se sorteó la conformación del tribunal a las 17:30, sin que esto sea fundamento alguno para parar por completo el caso.
Con esta nueva presentación, la Sala Penal de la Corte deberá destrabar el caso y confirmar a los magistrados que a su vez deberán estudiar otra recusación que había sido presentada contra la jueza penal de Garantías, Cynthia Lovera, quien admitió el acta de imputación contra los procesados.
El abogado Emilio Fúster, defensor del exministro Arnaldo Giuzzio, había recusado a la jueza Lovera por haber admitido la imputación formulada por los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, quienes luego fueron apartados de la investigación.
Con este accionar los abogados defensores de Abdo y sus exministros demuestran que la presentación de estos recursos tiene exclusivamente un fin dilatorio y no el resguardo del derecho a la defensa.
CASTIGO A CHICANEROS
La presentación abusiva de recursos procesales por parte de abogados defensores que tienen como único fin evitar que las causas judiciales no avancen debe ser sancionada por la Corte.
El ordenamiento legal prevé sanciones bien claras que no se aplican. Para los chicaneros los artículos 112, 113 y 114 del Código Procesal Penal son claros y delimitan bien el accionar que tienen que tener los auxiliares de Justicia para no abusar del derecho.
A esto se suma la Acordada n.º 961/15 que emitió la Corte Suprema y que establece sanciones a los que abusan de los incidentes con el solo objetivo de no dejar que el proceso avance, pero que pocas veces son aplicadas a los litigantes de mala fe.
En estas reglamentaciones se habla de apercibimientos, multas y hasta casación de matrícula a abogados, en caso que reiteradas veces incurran en malas prácticas jurídicas.
La Corte Suprema de Justicia debe aplicar la acordada que castiga a los abogados que abusan de las recusaciones, ya que la misma establece que las acciones planteadas deben tener un cierto sustento y fundamento jurídico sobre la supuesta imparcialidad del juez.
LLUVIA DE CHICANAS
La defensa de cada uno de los imputados presentó hasta el momento más de una docena de incidentes ante el Juzgado Penal de la magistrada recusada Cynthia Lovera. Esta actitud de los abogados defensores denota la intención de no litigar o desvirtuar la imputación, sino más bien solo de dilatar el proceso penal.
En ese sentido, los abogados Osvaldo Granada, defensor de René Fernández; Jorge Rolón Luna, quien ejerce la defensa de Carmen Pereira y Francisco Pereira Cohene; y Enrique Kronaweter, defensor de Daniel Alberto Farías, habían presentado inicialmente una reposición y apelación en subsidio contra la determinación adoptada por la jueza Cynthia Lovera. Misma acción efectuaron los letrados Felino Amarilla y Emilio Fúster.
Estas reposiciones deberán ser estudiadas recién cuando se destrabe el proceso penal, es decir, cuando la Sala Penal de la Corte estudie la recusación contra los camaristas, quienes a su vez deben estudiar la otra recusación que pesa contra la jueza del caso.
Otro incidente planteado por la gavilla de Abdo Benítez guarda relación con el cuadernillo de extracción de datos de la Seprelad. Al respecto, los involucrados en el esquema de filtraciones para el garrote político no quieren que esta prueba –que forma parte del acta de imputación– sea aceptada, pese a que la magistrada ya la admitió.
Así también el abogado Kronaweter apeló la resolución de la jueza de turno Clara Ruiz Díaz, quien había hecho lugar en el mes de enero a la autorización judicial para la extracción de datos como acto investigativo, mediante la cual la Fiscalía tuvo elementos de convicción para sostener su imputación contra el expresidente Mario Abdo Benítez y sus excolaboradores. Con esta medida, la defensa busca obtener la nulidad del acta de imputación.