Esta iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados. La convocatoria es para hoy lunes frente al Congreso Nacional, a las 9:00.
Este proyecto pretende establecer reglas claras en cuanto a la habilitación del local, registro profesional, control y todo lo referente a esta práctica, teniendo en cuenta el casi nulo control, y por carecer de un ropaje jurídico adecuado a los nuevos tiempos.
La Asociación de Profesionales y Establecimientos de Estética Cosmetológica refiere en su comunicado que convoca a una reunión de prensa para aclarar sobre los puntos con los cuales no están de acuerdo en este proyecto, específicamente 3 artículos del documento. “Aclarar por qué no estamos de acuerdo con los siguientes artículos del proyecto de ley de medicina estética que fue aprobado por la Cámara de Diputados”, señala el documento.
El primer artículo mencionado es el 2.° del proyecto de ley que refiere: “Se entiende por medicina estética la práctica médica no quirúrgica, que aplica técnicas no invasivas o mínimamente invasivas para la restauración y el mantenimiento de la estética, salud y bienestar del ser humano a nivel facial e integración corporal”.
También se menciona el artículo 5.°, que dice que “los tratamientos enmarcados en el área de medina estética se conforman con terapias médicas y ‘estéticas’”. Mientras que el artículo 6.° dice que “los procedimientos médicos estéticos autorizados son aquellos que conllevan el uso de principios activos de uso médico, ‘procedimientos no invasivos o mínimamente invasivos’ y aparatología de uso médico realizado por médicos conforme a lo dispuesto por el artículo 12.º”.