Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TJSE) comunicaron una serie de prohibiciones que regirán el próximo 30 de abril, día en que se llevarán a cabo las elecciones generales. Así también, informaron sobre las sanciones previstas en la ley para aquellos que incumplan con la normativa vigente.
“Está prohibido en el día de los comicios la aglomeración de personas en un radio inferior a 200 metros de los centros donde funcionen las mesas receptoras de votos”, señaló el juez electoral de Central, Modesto Núñez, quien añadió en este mismo sentido que está prohibida la portación de armas en la misma distancia mencionada con anterioridad.
Recordó, además, que está prohibido el ingreso al cuarto oscuro o casilla de votación con celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros dispositivos capaces de captar o transmitir imágenes. La sanción establecida para quienes incumplan con esta normativa es de 15 a 30 jornales.
También rigen limitaciones para las organizaciones políticas en el día de los comicios; asimismo, queda prohibida la instalación de mesas de consulta dentro del radio de 200 metros de los locales de votación. Así también, los actos proselitistas quedan prohibidos desde la finalización del período de propaganda electoral hasta el término de las votaciones.
La venta de bebidas alcohólicas y la celebración de espectáculos públicos están prohibidas hasta dos horas posteriores a la culminación de las votaciones. “Es importante recordar a la ciudadanía que las prohibiciones citadas resguardan el orden y garantizan el libre ejercicio de la voluntad cívica de los electores”, sostuvieron desde la Justicia Electoral.