El proyecto que establece un régimen de indemnización para los soldados conscriptos que prestaron servicio durante la gesta del 2 y 3 de febrero del año 1989, tras la unificación de varios expedientes con el mismo objetivo, fue aprobado por la Cámara de Diputados y se encuentra ahora en etapa de estudio en la Cámara de Senadores.
Walter Harms es el diputado proyectista de las iniciativas unificadas, impulsó esto con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 39 y 40 de la Constitución Nacional a favor de los soldados. El proyecto se refiere a “aquellos que hayan participado o estuvieron expuestos directamente en el enfrentamiento armado durante la gesta del 2 y 3 de febrero de 1989; y fueron dados de baja sin haber percibido ningún tipo de resarcimiento”.
La normativa indica que la solicitud de la indemnización debe realizarse de manera individual, personalmente o por un apoderado debidamente acreditado ante el Ministerio de Defensa Nacional o el Ministerio del Interior. Pueden ser beneficiarios, además, los herederos, parientes consanguíneos hasta el primer grado. Una vez promulgada la eventual ley, los solicitantes tendrían un plazo de 30 días para la presentación del reclamo de derecho.
El monto de la indemnización a ser asignado se dará en un único pago, previa certificación del solicitante, y equivaldría a unos 197 millones de guaraníes en la actualidad, que representarían los dos mil jornales mínimos.