Como dispone la ley y cumpliendo con el calendario electoral presentado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), hasta ayer domingo 22 de enero los partidos y movimientos políticos podían llevar adelante el procedimiento de las tachas e impugnaciones en la secretaría de los tribunales electorales de la capital.
La impugnación de una candidatura se puede dar partiendo del hecho de que el candidato haya participado como postulante en las elecciones internas de otro partido o haber propuesto candidaturas de otro movimiento político concerniente a cualquier cargo electivo nacional, departamental o municipal, según manifiesta la ley.
Una vez concluido el hecho de la impugnación, se notifica de manera formal al apoderado de la nucleación política con el objetivo de que este proceda a contestar o subsanar las objeciones formuladas sobre las candidaturas que hayan sido cuestionadas; dependiendo de la respuesta, la candidatura puede anularse según incidente.