El Juzgado Electoral de la capital hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad de habeas data que fue promovida días atrás por las precandidatas a la senaduría por el movimiento Honor Colorado rumbo a las elecciones internas partidarias del 18 de diciembre del presente año, consistente en sus exclusiones del padrón de la Concertación opositora.
La nota fue presentada ante la jueza María del Carmen Nováis, perteneciente al Juzgado Electoral de Segundo Turno, ante la “ilegítima decisión” del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) de incluir sin previo consentimiento dentro del padrón.
Las dirigentes coloradas también habían afirmado que la situación las exponía incluso a la comisión de un delito electoral que es el doble voto que tiene pena de cárcel de 3 años debido a que el partido en que militan no podrá ejercer el control de la votación de la Concertación opositora para las internas como garantía de transparencia en toda elección, permanentemente invocada por el TSJE como base del éxito del sistema electoral paraguayo.