En el marco de la convocatoria dispuesta por Resolución Nº 60, de fecha 22 de julio del 2021, de la Cámara de Senadores, se suman más aspirantes para los cargos de contralor general de la República, subcontralor y defensor del Pueblo, para el período 2021-2026.

Actualmente la Contraloría se encuentra a cargo de Camilo Benítez, de extracción colorada, quien también presentó de vuelta su candidatura, mientras que el cargo de subcontralor es ocupado por Camilo Paiva, de extracción liberal, tras ser electo el pasado año. En cuanto a la Defensoría del Pueblo, está encabezada por Miguel Godoy.

Hasta la fecha los candidatos a dirigir la Contraloría General de la República (CGR) son Óscar Enrique Rolón Centurión, María Eugenia Sánchez, Camilo Benítez, Fabio Almada Duarte, Cristhian Cáceres y Rolando Daniel Martínez. Estos dos últimos también están como aspirantes al puesto de subcontralor, junto con Miguel Ángel Gaona.

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En cuanto a la lista de postulantes para la Defensoría del Pueblo, la misma está conformada por Fabio Ramírez, Robin Miranda Azuaga, Giannina Ríos, María Eugenia Sánchez, Fabio Almada Duarte y Miguel Marecos. Mientras que en la nómina para el puesto de defensor adjunto figuran Christian Cáceres, Rafael Ávila y Rolando Daniel Martínez.

Los interesados tienen tiempo hasta el próximo 9 de agosto para poder presentar sus respectivas candidaturas. La Cámara de Senadores realizará audiencias para elaborar las ternas que deberán ser remitidas a la Cámara de Diputados, instancia legislativa que deberá designar próximamente a los futuros representantes para dichas instituciones.

CONTRALORÍA

La Contraloría General de la República es el órgano de control de las actividades económicas y financieras del Estado, de los departamentos y de las municipalidades, en la forma determinada por esta Constitución y por la ley.

Son deberes y atribuciones del contralor general de la República: 1-El control, la vigilancia y la fiscalización de los bienes públicos y del patrimonio del Estado, los de las entidades regionales o departamentales, los de las municipalidades, los del Banco Central y los de los demás bancos del Estado o mixtos, los de las entidades autónomas, autárquicas o descentralizadas, así como los de las empresas del Estado o mixtas; 2-el control de la ejecución y de la liquidación del Presupuesto General de la Nación; 3-el control de la ejecución y de la liquidación de los presupuestos de todas las reparticiones mencionadas en el inciso 1, como asimismo el examen de sus cuentas, fondos e inventarios; 4-la fiscalización de las cuentas nacionales de las empresas o entidades multinacionales, de cuyo capital participe el Estado en forma directa o indirecta, en los términos de los respectivos tratados; 5-el requerimiento de informes sobre la gestión fiscal y patrimonial a toda persona o entidad pública, mixta o privada que administre fondos, servicios públicos o bienes del Estado, a las entidades regionales o departamentales y a los municipios, todas las cuales deben poner a su disposición la documentación y los comprobantes requeridos para el mejor cumplimiento de sus funciones; 6-la recepción de las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos, así como la formación de un registro de las mismas y la producción de dictámenes sobre la correspondencia entre tales declaraciones, prestadas al asumir los respectivos cargos, y las que los aludidos funcionarios formulen al cesar en ellos; 7-la denuncia a la justicia ordinaria y al Poder Ejecutivo de todo delito siendo solidariamente responsable, por omisión o desviación, con los órganos sometidos a su control, cuando estos actuasen con deficiencia o negligencia, y 8-los demás deberes y atribuciones que fije esta Constitución y las leyes.

DEFENSOR DEL PUEBLO

Son deberes y atribuciones del defensor del Pueblo:

1-Recibir e investigar denuncias, quejas y reclamos contra violaciones de los derechos humanos y otros hechos que establecen esta Constitución y la ley.

2-Requerir de las autoridades en sus diversos niveles, incluyendo los de los órganos policiales y los de seguridad en general, información para el mejor ejercicio de sus funciones, sin que pueda oponérsele reserva alguna. Podrá acceder a los sitios donde se denuncie la comisión de tales hechos. Es también de su competencia actuar de oficio;

3-emitir censura pública por actos o comportamientos contrarios a los derechos humanos; 4-informar anualmente de sus gestiones a las cámaras del Congreso; 5-elaborar y divulgar informes sobre la situación de los derechos humanos que, a su juicio, requieran pronta atención pública, y 6-los demás deberes y atribuciones que fije la ley.

Camilo Paiva, subcontralor general de la República
Miguel Godoy, defensor del Pueblo.

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