El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Nº 5410, extendió las medidas sanitarias en el marco del plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general en el territorio nacional por la pandemia del covid-19. Las mismas estarán vigentes hasta el próximo 21 de junio.
El nuevo decreto no incluye nuevas medidas. La circulación se mantiene de 5:00 a 23:59 a nivel país. Los comercios podrán operar bajo el régimen de cuadrillas y con ambientes bien ventilados.
Igualmente, se deberá fomentar la modalidad de venta por entrega a domicilio o delivery y pick up de todo tipo de productos. En el sector gastronómico se tendrá que priorizar espacios abiertos o al aire libre, también implementar la modalidad delivery y pick up, asistentes sentados, sin interacción entre mesas, manteniendo una distancia de dos metros entre mesas y agendamiento previo, así como el registro individualizado de las personas atendidas.
El decreto sostiene que la operación de los locales estará sujeta a los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud. No están permitidos los espacios bailables ni barras. En cuanto a las instituciones educativas, se hace referencia a la implementación de la modalidad virtual o híbrida-semipresencial, que estará sujeto al “protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021” del MEC. La educación superior seguirá bajo el régimen a distancia. No obstante, podrán operar con la modalidad semipresenciales conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud.
EVENTOS SOCIALES
En cuanto a los eventos sociales, se realizarán bajo responsabilidad de una persona física o jurídica determinada, quien deberá controlar que los participantes tengan una ubicación fija y designada. Asimismo, dichas actividades no podrán superar las cuatro horas y se hará con agendamiento previo. Además, se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud. Podrán participar hasta 50 personas en espacios cerrados y 100 personas en espacios abiertos. Los encuentros y las actividades en residencias particulares están habilitados con un máximo de 12 personas presentes, incluyendo los convivientes, guardando las medidas establecidas por el sistema sanitario.
Las actividades del sector cultural y recreativo, así como sus respectivos ensayos y actividades de enseñanza, podrán realizarse con hasta 75 participantes en espacios cerrados con ventilación adecuada y hasta 150 personas al aire libre.
El control de las disposiciones sanitarias estará a cargo de la Policía Nacional. Por otra parte, se dispone el uso obligatorio del tapabocas en lugares cerrados, en la vía pública, en el transporte público de corta y larga distancia, así como en sitios en los que no se pueda mantener el distanciamiento físico estipulado por los protocolos de aislamiento. También se deberá mantener el distanciamiento físico y el lavado de manos.