El Poder Ejecutivo emitió ayer por la noche el Decreto N° 5071, que establece nuevas medidas sanitarias en el marco de la pandemia del covid-19. Estas estarán vigentes durante una semana, desde hoy hasta el 12 de abril. Con estas nuevas medidas específicas se establece un plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo.
Conforme al documento oficial, se extiende el horario de circulación desde las 5:00 hasta las 23:59. La ciudadanía podrá desplazarse para actividades indispensables como compra de alimentos, medicamentos y actividades exceptuadas. Asimismo, establece que podrán trabajar los comercios esenciales y no esenciales. En tanto, el sector de la función pública estará habilitado a trabajar de lunes a viernes de 8:00 a 15:00.
EDUCACIÓN
En cuanto a las actividades académicas, el Poder Ejecutivo ha establecido la habilitación de un retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Estará sujeto al Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021, que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).
ENTRETENIMIENTO
Los locales gastronómicos como bares, cafés y restaurantes podrán mantenerse con las puertas abiertas en el horario permitido, pero con la condición de que haya hasta 4 personas por mesa, con distanciamiento de 2 metros entre las mesas, siempre que cuenten con agendamiento previo. No obstante, recuerdan que no están habilitadas las barras de los bares. Así también, es obligatorio el uso intermitente de mascarillas dentro del local. En cuanto al consumo de bebidas alcohólicas, no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 5:00.
Respecto a los eventos sociales, igualmente se podrán realizar dentro del horario permitido de 5:00 hasta las 23:59, con un máximo de hasta 100 personas. En este caso, se permite incluso una aglomeración de hasta 6 personas por mesa, con 2 metros de distanciamiento entre ellas, siempre con el uso intermitente y obligatorio de mascarillas. También se permitirán los encuentros en residencias particulares, pero con un máximo de hasta 12 personas presentes.
ACTIVIDADES FÍSICAS
Durante este período de levantamiento gradual del aislamiento preventivo, se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta 4 personas. Así como la práctica deportiva en grupos de hasta 4 personas en locales habilitados por el Ministerio de Salud Pública. En tanto, se prohíben las competencias deportivas (torneos) en todas sus modalidades, pero se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados garantizando 4 metros entre personas.
Los actos de culto deberán llevarse a cabo con un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.