La Cámara de Diputa­dos sancionó ayer el proyecto de ley “Que modifica los artículos 3º, 4º, 7º, 13º y 21º de la Ley N° 5.033/2013 Que reglamenta el artículo 104 de la Constitu­ción Nacional, De la Declara­ción Jurada de Bienes y Ren­tas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos”. Los diputados se ratificaron en su versión inicial, la cual esta­blece que solo se podrá acce­der a la declaración jurada de autoridades, funcionarios públicos y administradores del Estado por orden judi­cial. En la versión del Senado se establecía la publicación automática.

En las modificaciones tam­bién se incluyen a aquellas empresas o personas jurí­dicas que son proveedores del Estado, quienes también deberán rendir cuentas de su patrimonio ante la Con­traloría General de la Repú­blica. La votación arrojó 50 votos a favor y 17 en contra. La Cámara Baja remitió al Poder Ejecutivo las modificaciones, desestimando la versión de la Cámara de Senadores, que hacía públicos los datos de forma automática vía Con­traloría General de la Repú­blica (CGR) sin necesidad de una autorización judicial.

La diputada liberal Celeste Amarilla fue una de las parla­mentarias que estuvo en con­tra de la aprobación, versión Senado, y argumentó que esa versión violaba la privacidad de las personas y exponía a todos los funcionarios y sus familiares. “En un país donde no podemos ganar a la insegu­ridad ni a motochorros, asal­tabancos o el EPP, es casi com­prometedor dar los datos de miles de paraguayos”, señaló.

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Igualmente, el diputado Der­lis Maidana, presidente de la Comisión de Asuntos Consti­tucionales, se mostró a favor de la versión Diputados y mani­festó la importancia del texto aprobado, ya que amplía el universo a las concesionarias y contratistas estatales, ade­más de establecer un período para la entrada en vigencia.

Con los cambios, la Contra­loría General tiene facultad de recibir, admitir, estudiar, ordenar, registrar y archivar las declaraciones juradas de bienes y rentas, activos y pasi­vos que le fueron presentadas. Igualmente, dictaminar sobre la correspondencia entre dichas declaraciones presen­tadas al asumir y al cesar en el cargo y, finalmente, podrá disponer de la publicación de los datos a través del sitio web o portal digital de la Contra­loría General de la República, una vez obtenida la autoriza­ción judicial respectiva.

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Nueva modificación en el CPP

La Cámara de Diputados aprobó un nuevo “parche” de la Ley Nº 1.283/98, del Código Procesal Penal (CPP). Esta vez le tocó al artículo 253, que se refiere a los plazos de las apelaciones. La propuesta fue presentada por la diputada Rocío Vallejo, sobre tablas, con el fin de cerrar el círculo de reformas que permitirán una transición tranquila tras la derogación de la ley que modifi­caba el Art. 245 del mismo Código Procesal Penal.

En esencia el Art. 253, referente a la apelación, pretende exten­der de 24 horas a 5 días el plazo para que el Ministerio Público pueda recurrir y contestar los traslados, mientras que el plazo para la resolución del Tribunal de Apelaciones también se extiende de 3 a 5 días.

Por otro lado, el pleno de la Cámara Baja también aprobó con modificaciones el proyecto de ley “Que crea la Comisión Bica­meral de Mujeres Parlamentarias”, a propuesta de la legisla­dora Del Pilar Medina. El documento tiene por objeto formular y promover una agenda legislativa entre diputadas y senadoras, orientada a la formulación y promulgación de iniciativas, norma­tivas de la protección social y la igualdad sustantiva.

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