El líder del autodeno­minado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), Alcides Oviedo, fue condenado a 30 años de cár­cel más 10 años de medida de seguridad, totalizando así 40 años, tras ser hallado culpa­ble por los delitos de asocia­ción terrorista, terrorismo, secuestro, extorsión y extor­sión agravada.

El juicio se realizó en el marco de la investigación del secues­tro del joven Arlan Fick, ocu­rrido en el 2014. El Tribunal de Sentencia que condenó a Oviedo estuvo integrado por los jueces Fulvio Salinas, Honorina Acosta y Darío Hernán.

El presidente del colegiado, Fulvio Salinas, se refirió a la sentencia y a los deli­tos de asociación terrorista. “Oviedo Brítez y el EPP cau­saron terror en todo el país y en especial en la zona norte del país, donde hoy ya las per­sonas no tienen la tranquili­dad que antes tenían”, sos­tuvo. Asimismo, agregó que “se probó durante el desarro­llo del juicio oral que Oviedo fue el autor intelectual del secuestro del joven Arlan Fick”. Añadió que “Oviedo era el comandante del Ejér­cito del Pueblo Paraguayo (EPP) y era él quien daba las órdenes para poder realizar otros secuestros”.

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Asimismo, los jueces de Sen­tencia mencionaron que “con el secuestro de Arlan el EPP pretendía canjear la libertad de miembros del EPP reclui­dos a cambio de la liberación del joven menonita”. Tam­bién las declaraciones de los testigos fueron importantes debido a que se pudo llegar a la certeza de que Oviedo fue el autor intelectual del plagio de Arlan Fick. Igualmente, el colegiado sostuvo que la familia del joven Fick tuvo que pagar la suma de US$ 500.000 por el rescate, más US$ 50.000 en víveres.

DEFENSA DE OVIEDO

Federico Hetter, defensor público de Alcides Oviedo, expresó que apelará la reso­lución del Tribunal de Sen­tencia debido a que considera que la condena no está sus­tentada en elementos pro­batorios válidos. Sobre todo cuestionó la sentencia por secuestro en grado de autor, ya que afirma que su cliente en ningún momento estuvo a cargo del crimen.

“Nadie discutió que él en el momento del secuestro estaba acá y la autoría implica que quien sea autor mantenga dominio del hecho, que jurídi­camente implica que el autor decida el cómo de la realiza­ción del hecho, algo que lógica y objetivamente no puede ocurrir con Alcides porque estaba recluido”, indicó.

También señaló que no corresponde la carta en la que Alcides Oviedo plan­tea el “canje” de Arlan Fick a cambio de miembros del EPP recluidos. En julio de este año cumple su condena por el secuestro de María Edith Bordón de Debernardi.

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