El Estado paraguayo, además de acatar la sentencia definitiva e inapelable sobre el caso Arrom-Martí, que será comunicada en el transcurso de la semana, el Estado también deberá res­ponder por el “Caso Nº 12.329 Vicente Ariel Noguera y fami­lia versus el Estado paraguayo” promovido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La muerte del joven de 17 años aconteció el jueves 11 de enero de 1996 en la III Compañía de la Agrupación Cimefor, Mariscal Estigarri­bia, Chaco.

En fecha a ser confirmada en los próximos días, el Estado paraguayo deberá compare­cer, en audiencia pública en San José, Costa Rica. Se alega responsabilidad internacional de la República del Paraguay por violaciones a los derechos humanos relacionadas con la muerte del joven “cimeforista” Vicente Noguera.

En esta causa, la Procuraduría realizó las contestaciones a la Corte IDH el 13 de abril pasado. La Comisión, por su parte, for­muló las recomendaciones res­pectivas. El caso ya se encuen­tra ante la Corte IDH.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

ANTECEDENTES

La parte peticionaria alegó que Noguera fue reclutado a los 15 años para prestar el ser­vicio militar voluntario y que murió en circunstancias sos­pechosas a los 17 años en insta­laciones militares. Asimismo, alegó que se llevaron a cabo dos investigaciones sobre la muerte en las jurisdicciones militar y penal, que culmina­ron con decisiones de sobre­seimiento y archivo del expe­diente respectivamente.

La parte peticionaria indicó que según los relatos de sus compañeros, su muerte fue el resultado de la aplicación de castigos físicos excesivos y otros maltratos. De igual modo, señaló que los com­pañeros cabos aspirantes de Noguera fueron amenazados con el objetivo de ocultar las verdaderas circunstancias de su muerte.

SEPA MÁS

Fallo sobre Arrom y Martí

La Corte IDH comunicará esta semana la sentencia relacionada con el reclamo de US$ 123 millones hecho por los prófugos Juan Arrom, Anuncio Martí y otros, supuestamente por haber sido torturados por el Estado paraguayo poco después del secuestro de María Edith Bordón de Debernardi, ocurrido en el 2001.

Sobre el Caso Nº 12.685 “Juan Francisco Arrom Suhurt, Anuncio Martí Méndez, Víctor Antonio Colmán Ortega, Ana Rosa Samu­dio de Colmán, Jorge Samudio Ferreira vs el Estado paraguayo” y de los 23 familiares de los peticionarios, la Corte IDH ha deli­berado y adoptado la sentencia el 17 de mayo contra el Estado paraguayo. Esta se encuentra en fase de redacción y será comu­nicada en el transcurso de las horas a las partes intervinientes.

El Paraguay está obligado a dar cumplimiento de lo resuelto por la Corte Interamericana, ya que ratificó la Convención de DDHH y aceptó la competencia contenciosa. Si se ordena el pago de indemnización, este debe ser efectuado.

Déjanos tus comentarios en Voiz