Un error comunica­cional habría gene­rado la serie de con­fusiones en torno al llamado al cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio (SMO), pese a que el Gobierno Nacio­nal cuenta con un Ministerio de Tecnologías de la Infor­mación y Comunicación (Mitic), elevado reciente­mente a dicho rango.

Mitic está a cargo de Ale­jandro Peralta Vierci, quien fue gerente del holding de medios de comunicación de su tío Antonio J. Vierci durante 20 años.

A pesar de que el Gobierno cuenta con una estructura comunicacional enorme a través de sus distintas pla­taformas de medios, no exis­tió siquiera una coordina­ción, asesoramiento o por lo menos una comunicación fluida entre las autorida­des responsables de difun­dir sobre el SMO y más aún hacer cumplir la normativa. Tal es así que mientras el ministro de Defensa Nacio­nal, Bernardino Soto Esti­garribia, afirma que no hay motivos para preocuparse y que no habrá multas ni sanciones y que no será de cumplimiento obligatorio, el defensor del Pueblo dice lo contrario.

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Alejandro Peralta Vierci.

Miguel Godoy, defensor del Pueblo, afirma que las mul­tas por el no cumplimiento del Servicio Militar Obliga­torio están legisladas y que se deben cumplir. No obs­tante, aclara que las multas deberían ser pagadas solo por los jóvenes de familias “más pudientes”.

De acuerdo al Artículo 129 de la Constitución Nacio­nal, “todo paraguayo tiene la obligación de prepararse y de prestar su concurso para la defensa armada de la Patria.

A tal objeto, se establece el Servicio Militar Obligato­rio. La ley regulará las con­diciones en que se hará efec­tivo este deber”. Mientras que la Ley 569/75 establece que los hombres mayores de edad, a partir de los 18 años, deben cumplir con el SMO. Asimismo, la ley 4.013 indica: “El objetor de con­ciencia estará excusado del cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio desde que es aceptada su declara­ción como válida por la auto­ridad competente. En lo que refiere al servicio sustitutivo, el objetor queda obligado a realizarlo en beneficio de la población civil en los centros asistenciales designados”.

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