• Por Víctor Pavón (*)

“El más oscuro rincón del infierno está reservado para aquellos que conservan su neutralidad en tiempos de crisis moral”. Dante Alighieri (La divina comedia).

Asistimos a un hecho que por recaer sobre una per­sona que, a algunos les cae bien y a otros mal, está mos­trando lo que en verdad se defiende. Se levanta así el velo detrás del cual algu­nos se esconden y guardan silencio.

Este es el tema de fondo. Se defienden principios y valo­res en los que se cree. Se defiende al rico y al pobre, sin interesar su origen, color de piel, religión o ideología.

Y si bien este caso se trata de una persona, Horacio Cartes, lo que ocurre con él resulta emblemático. El argumento debe ser consistente. Es la bús­queda de la verdad y la razón antes que los desbordes pro­pios de la pasión y el odio.

Específicamente, Horacio Cartes es sancionado por el Gobierno de los Estados Uni­dos mediante la Oficina de Control de Activos Extranje­ros (OFAC) de EE. UU. encar­gada de la “Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas”, sumán­dose luego a dicha sanción su empresa, Tabesa.

El señor Cartes es declarado en el año 2022 significativamente corrupto sin el derecho de ser escuchado previamente y por tanto imposibilitado del dere­cho humano de defenderse.

Luego, en el año 2023, la empresa Tabesa es bloqueada para operar en el mercado nor­teamericano por ser propie­dad de Cartes y ahora en estos días nuevamente sancionada por la OFAC porque transfirió el dinero de las acciones que había comprado. Cartes fue obligado a desprenderse de sus empresas y lo tuvo que hacer para precautelar a las miles de personas y a sus familias que trabajan en sus negocios.

Las sanciones aplicadas, sin embargo, son actos viciados de nulidad absoluta. Y no solo desde lo jurídico procesal sino también desde los principios del derecho. Estos principios se hallan conformados por con­ceptos y valores. Los mismos orientan los razonamientos, sirven de guía para preservar a la sociedad libre y civilizada de la barbarie donde prima la fuerza sobre el derecho.

Así, por ejemplo, “audiatur altera pars” significa que debe ser oída la otra parte lo que implica la defensa del acusado, situación que por cierto no se dio con el señor Cartes. Igual­mente, el axioma “actore non probante reus absolvitur” con­siste en que si alguien dice algo y no prueba sus dichos enton­ces el acusado queda absuelto.

Todo ello para que no ocurra aquello de “capitis deminutio” que, de acuerdo al gran jurista Gayo es la muerte civil, cuando se pierde la capacidad ciuda­dana de la libertad y la propie­dad como ocurre con el caso al que me refiero en esta nota y en pleno siglo XXI.

Los citados enunciados fueron puestos en práctica contra una persona, Horacio Cartes, sin que medie el debido proceso y por un acto administrativo de la OFAC de EE. UU.

Por supuesto que los países tie­nen que defender su sistema financiero como dice la OFAC. Pero ningún país extranjero puede exigir a un ciudadano paraguayo vender compulsiva­mente las acciones de sus nego­cios con domicilio en Paraguay y luego sancionar a la empresa Tabesa por transferir el dinero al vendedor, todo ello pactado con arreglo al Código Civil paraguayo y la propia Consti­tución Nacional.

De aceptarse que rigen las leyes de un país en otro entonces se está ante la infame violación de la soberanía nacional por el cual el ejercicio de la autoridad que proviene del pueblo para­guayo ahora es desechada para hacer valer la autoridad de otro Estado sobre nuestra nación.

Todavía peor, no es la ley la que se aplicó en nuestro país con­tra Cartes y Tabesa, sino una resolución administrativa de menor rango decisorio por parte de la OFAC norteame­ricana, constituyéndose este caso en una infame violación del derecho con aditamentos de execrable injusticia y en con­tra de la soberanía nacional.

(*) Presidente del Cen­tro de Estudios Sociales (CES). Miembro del Foro de Madrid. Autor de los libros “Gobierno, justicia y libre mercado”: “Cartas sobre el liberalismo”; “La acreditación universitaria en Paraguay, sus defectos y virtudes” y otros como el recientemente publicado “Ensayos sobre la Libertad y la República”.

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