La sala penal de la Corte Suprema de Justicia integrada por los ministros César Diesel, Manuel Ramírez Candia y Gustavo Santander, rechazó una vez más dos chicanas presentadas por el abogado Enrique Kronawetter, defensor del Daniel Farias, acusado por el caso conocido como filtración de Seprelad.

Asimismo, la máxima instancia judicial refiere sobre las chicanas planteadas en el presente caso que “la utilización de resortes procesales y la enunciación de agravios “in abstracto” como en el presente caso representa una inconducta procesal de las defensas, dirigidos en dificultar el normal desarrollo de la administración de justicia y se aparta de la buena fe que impone el artículo 112 del Código Procesal Penal” señala la resolución de la Corte.

Igualmente, los ministros de la Corte menciona que el ejercicio del derecho debe ajustarse a los parámetros orientadores del proceso penal hacia una adecuada administración de justicia.

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Una vez que se resuelvan todos los incidentes, se deberá fijar la fecha para la audiencia preliminar donde se definirá si los exministros de Abdo acusados por asociación criminal, usurpación de funciones públicas, denuncia falsa y revelación de secretos de servicios van a un juicio oral y público.

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Acusación con 206 pruebas

El Ministerio Público presentó en su escrito de acusación un total de 206 elementos de prueba, entre ellos testi­monios, documentos y pericia que sustentan la responsabilidad de los acusados Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Daniel Alberto Farías, Guillermo Preda Galeano y Francisco Pereira Cohene, en el marco de la investigación por el caso conocido como filtración de información falsa de Seprelad.

El caudal probatorio recolectado por la Fiscalía supera cinco veces más que la fase inicial de la presente investigación, donde se tuvo 42 ele­mentos de prueba que hizo sustentar la imputación contra los exministros de Mario Abdo Benítez. Los excolaboradores de Abdo están acusados por los delitos de asociación criminal, usurpación de funciones públicas, denuncia falsa, y revelación de secretos de servicio.

Uno de los elementos fundamentales de la acusación del Ministerio Público es el informe de la extracción de datos de correos electrónicos n.º 107-2024-LF-DT-SIF-MF, autorizada por A.I. n.º 31 del 24 de enero de 2024 cuyo trabajo fue realizado por la ingeniera María Victoria Fleitas Valiente. Esta prueba fue autorizada y controlada por la jueza penal de Garantías de turno de aquel entonces, Clara Ruiz Díaz. Asimismo, se ofreció como prueba el tes­timonio de la perito Fleitas Valiente.

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