El procurador general de la República, Marco Aurelio González se refirió al pedido de sobreseimiento provisional al exministro de Obras Públicas, Ramón Jiménez Gaona por el caso Metrobús.
Durante una charla con el programa “Tarde de Perros”, que se emite por Universo 970Am/Nación Media, el procurador afirmó que los argumentos que utilizó el entonces ministro de Obras Públicas, Arnoldo Wiens no fueron corroborados. Recordó además que estos argumentos fueron desmentidos, por el tribunal arbitral que afirmó lo contrario, por ende, al no haber razonamiento jurídico, ni razonamiento económico, la única razón, por la que se suspendió la obra fueron razones políticas.
En ese sentido, recordó que existe ese Laudo arbitral, a raíz de la contienda entre Mota Engil y el MOPC, se sacó un laudo que dejó parcialmente anulado y ahora pasó a la Corte de Acciones de Inconstitucionalidad. En todo ese proceso se discuten varios aspectos, menos dos cuestiones que ya han quedado firmes y tienen que acatarse.
Mencionó que esas dos cuestiones son: que no hubo incumplimiento por parte de la constructora, por ende no puede haber daño patrimonial, por eso también el Estado tiene que devolverle los fondos de reparo. Si bien, hubo algunas cosas que reparar en lo edificado, eso puede ser compensado con la deuda que se generó a raíz de los fondos de reparo por G. 600 millones aproximadamente, que tiene que pagar Mota al MOPC.
“Entonces, lo que se demuestra que los argumentos que se utilizaron para suspender la obra del Metrobús, se basaron en premisas falsas. Porque los argumentos que utilizó el entonces ministro de Obras Públicas, no fue corroborado, es más fue desmentido, el tribunal arbitral afirmó lo contrario. Por ende, creemos que, al no haber razonamiento jurídico, ni razonamiento económico la única razón por la cual se suspendió la obra fue una razón política. Mientras que el daño patrimonial causado fue destruir todo lo que se había edificado hasta ese momento”, explicó.
Respecto a la participación de la Procuraduría General de la República, González indicó que lo hace en representación de los intereses del Estado en carácter de víctima, ya que la acción penal pública la lleva el Ministerio Público, mientras que por otro parte están los imputados. Por tanto, es la Fiscalía el que presenta la propuesta del sobreseimiento provisional, y el juez le permite la palabra a la PGR en representación de la víctima, para su consideración.