El senador José Oviedo anunció este martes que presentará un proyecto modificación referente a la elección de los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), que tiene como función enjuiciar y remover a los jueces, fiscales y defensores públicos por mal desempeño o comisión de delitos. El legislador detalló que los representantes del Congreso deberán ser quienes hayan obtenido la mayor cantidad de votos en comicios generales y ser de profesión abogados.

Oviedo manifestó que los cambios se centrarán específicamente en los artículos 3, 6 y 18 de la ley 6814, que rige al órgano extrapoder. “Buscamos que los representantes ante el jurado sean electos mediante una elección popular. Esto se puede realizar por ley, la Constitución Nacional nos permite”, comentó a los medios de comunicación. También el proceso del sufragio afectará a los representantes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), excluyendo de los comicios a los representantes del Consejo de la Magistratura (CM), quienes seguirán siendo designados por sus pares.

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Agregó que los integrantes del JEM podrán permanecer en sus cargos por un periodo de 5 años y deberán presentar informes cada un año sobre sus actuaciones ante la Cámara Alta. En caso de que sus acciones no sean aprobadas dos veces consecutivas por la plenaria del Senado terminarán siendo removidos de sus cargos.

Señaló que otra modificación se centrará en la cantidad de votos que requiere el JEM para iniciar una investigación de oficio. Disminuiremos de 6 votos a 5. Antes se había aumentado de 3 votos a 6 porque la institución era utilizada como un garrote político, pero ahora se les vuelve dificultoso tener esos 6 votos, entonces no hay oficiosidad”, puntualizó Oviedo.

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