El pasado 12 de diciembre el presidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Francisco Ruíz Díaz, firmó la resolución N° 2771 por la cual se reivindica el derecho de los beneficiarios de la reforma agraria, que se dedican a la actividad agropecuaria de forma directa y como actividad económica principal. Mediante este documento se establecen criterios y mecanismos para la adjudicación del inmueble a los beneficiarios.

En comunicación con La Nación/Nación Media, Ruíz Díaz explicó que están en un proceso para restituir derechos de personas a quienes se les fue negada la posibilidad a ser propietario titular de las tierras en el marco de la reforma agraria, Debido a una mala interpretación de la legislación.

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Al respecto, señaló que observando la Ley 1863 del año 2002, en su artículo 16, inciso d; se establece quiénes pueden ser beneficiarios de la reforma agraria. Mencionó que en el criterio se menciona que “todas aquellas personas que se dediquen de manera directa a la agricultura y cuyo ingresos provengan de la mismas”. Ahora bien, explicó que este artículo no establece ninguna prohibición, solo señala que deben depender de la agricultura.

Reestablecen criterios más claros que permitirá a los beneficiarios de la reforma acceder al título de propiedad que antes se les fue negado. Foto: Gentileza

Reglamentación extrema

“En su momento, las diferentes administraciones entendieron que se debía reglamentar este aspecto. Entonces se establecieron algunos criterios que llegaron en algunos momentos a rayar la racionalidad. Poniendo un ejemplo, dijo que si alguien figura en el IPS, no se puede dedicar a la agricultura porque cuenta con una pensión. Entonces, al figurar en IPS ya no importaba si estuvo 30 años en la colonia cultivando, ya era beneficiario para recibir el título. Esto fue un error grave”, explicó.

De igual modo, señaló el caso de algunos docentes, enfermeros, que figuraban como funcionarios públicos con rubros de los respectivos ministerios, tampoco podían acceder a un inmueble porque se interpretaban que sus principales ingresos no provenían de la agricultura sino del rubro que recibía del Estado.

Con estos criterios se les estaba negando, a docentes o personas que nacieron en una colonia, que vivieron con sus padres, abuelos; pero que lograron un estudio superior y conseguir algún rubro como docente por ejemplo, aunque ejercían su profesión en la colonia ya se les negaba el derecho a acceder al título de propiedad del inmueble”, explicó.

El titular del Indert lamentó que por muchos años se manejaron estos criterios, que claramente eran inconstitucionales, porque se les negaba el derecho de acceso a la tierra.

“Otro de los criterios que considero más aberrante incluso, es el que decía que si tenía RUC, no se le podía entregar un título de propiedad, porque el argumento era que su actividad e ingreso venía de un negocio. Entonces, con este criterio se decía que en la colonia no podía haber ningún comercio legal y que para abastecerse de alimentos, como galletas tenía que viajar 15 kilómetros”, cuestionó.

Incoherencia

Al respeto, señaló la incoherencia en la interpretación de la legislación; ya que desde hace tiempo el gobierno de Paraguay estuvo impulsando fuertes campañas de formalización pidiendo a los negocios, comercios, que se formalicen. Mientras que por el lado del Indert, a partir de una resolución reglamentaria, le negaba el derecho a acceder al título de propiedad.

El presidente del Indert, llegó a hasta la colonia Nueva Germania donde se interiorizó del caso de dos docentes, cuya actividad principal es la agricultura y por tener rubros del MEC se les negó titulo de propiedad. Foto: Gentileza

“Son injusticias que por años se tuvieron, que hoy justamente vinimos a la colonia Nueva Germania, para analizar dos casos en particular y observar el grado de injusticia que se cometieron encontramos a dos mujeres docentes, a quienes en reiteradas ocasiones se les negó el título de propiedad. Ellas llegaron a la colonia con 16 y 18 años, con sus familias, luego comenzaron a estudiar, hoy cuentan con dos postgrados y trabajan en la comunidad y aun así se les negó reiteradas veces el título de propiedad”, indicó.

Durante la visita corroboraron que una de las docente cuenta con 14 hectáreas y la otra con 16 hectáreas de tierra, en la que desarrollan no solo la parte de agricultura, sino además apiculutra, ganado menor, producen, queso, huevo. “Incluso hicimos el cálculo de sus ingresos y en uno de los casos, encontramos que una de las docentes el 60 % de sus ingresos mensuales proviene de su actividad agrícola. Lo que vemos es que anteriormente no se hacía estos cálculos, sino que directamente por tener rubro del MEC ya se les negaba el título”, precisó.

Resaltó además, que en estos dos casos, encontraron la característica de que además de ser docentes, agricultoras son madres solteras y cabeza de hogar. Indicó también que hicieron consultas a la comunidad, con varios testigos asegurando que las docentes aportan al desarrollo de la comunidad.

“Tomamos estos dos casos de manera experimental para ver si estábamos en lo correcto. Detrás de estos dos casos, tenemos muchísimos otros de derechos denegados. En el Indert tenemos aproximadamente unas 300 carpetas rechazadas por diversos motivos”, acotó.

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