El Senado sancionó este miércoles el proyecto de ley “que establece la inscripción en el Registro Cívico Permanente de ciudadanos paraguayos y paraguayas residentes en el Paraguay y en el extranjero para el pleno ejercicio del derecho al voto”. Con 26 votos a favor, el rechazo de 15 votos y cuatro senadores ausentes, la normativa tuvo aprobación en general, luego de haber obtenido media sanción de Diputados, el pasado 19 de noviembre.

“Establécese que los paraguayos y paraguayas que cumplan dieciocho años de edad, y que cuenten con cédula de identidad civil, serán inscriptos de manera automática en el Registro Cívico Permanente, dependiente de la Dirección del Registro Electoral”, dice el artículo 2 de la propuesta presentada el 6 de noviembre por el diputado José Rodríguez, con un total de 17 artículos.

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El capítulo 3 está dedicado a los paraguayos residentes en el extranjero, en los artículos 6 a 9, que indica la creación del Departamento de Electores Residentes en el Extranjero, dependiente de la Dirección General del Registro Electoral del Tribunal Superior de Justicia Electoral, responsable de la confección del Registro Cívico Permanente en el Extranjero (RCPE).

Sin perjuicio de la inscripción vía web, refiere el artículo 7, la Dirección General del Registro Electoral deberá habilitar un formulario de inscripción al Registro Cívico Permanente en el Extranjero, en forma permanente, en todas las Oficinas Consulares en las que nuestro país tenga representación diplomática, a cargo de las autoridades de estas representaciones, quienes deberán inscribir a los ciudadanos paraguayos residentes en el país donde prestan servicios y comunicar dichas inscripciones a la citada dirección.

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El Departamento de Electores Residentes en el Extranjero basado en criterios técnicos propondrá los locales de votación a la Dirección General del Registro Electoral, la cual elevará al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), para la correspondiente habilitación de los mismos y la integración de las mesas electorales respectivas, manifiesta el artículo 8.

El artículo 14, que establece la derogación de la ley vigente n.° 4559/2012 “que establece la inscripción automática en el registro cívico permanente”, fue uno de los más objetados y se pidió que fuera testado, sin embargo, la Cámara Bajada votó por su aprobación y el proyecto será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

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