El procurador general de la República, Marco Aurelio González, informó que la Cámara de Apelaciones confirmó la medida cautelar de embargo sobre los ocupantes de la Finca 916, conocida como Jardines de Remansito. En cuanto a la devolución de los inmuebles, manifestó que aún se llevan adelante litigios contra 27 personas.
“Esto en razón de que el juez había decretado ese embargo sobre sus bienes y ahora la Cámara lo confirma. Esto es sobre un monto, para asegurar que la recuperación de las tierras sea realizada en el estadio en el cual se encontraba antes de la ocupación, para garantizar la destrucción de todo lo edificado”, indicó a la 1020 AM.
El alto funcionario agregó que este caso representa un precedente, para demostrar el compromiso de la defensa asumida por el Estado paraguayo sobre el atropello a sus propiedades. “Hay personas que ya entregaron la posesión y no tenemos ninguna demanda contra ellas, ni tampoco algo referente a un embargo. Se entregaron ocho inmuebles, que representan casi el 50 % de las dimensiones, eran los más amplios”, explicó.
Destino de las tierras
En relación a los bienes edificados, González manifestó ratificó que el Estado se mantiene en su postura de regresar los inmuebles a su estado natural, es decir, sin las viviendas, con la finalidad de permitir al Ministerio de Defensa dar el uso más apropiado a los espacios. Al principio se había comentado la posibilidad de brindar un destino turístico al lugar, no obstante, el procurador reconoció que la decisión final sobre los inmuebles no se ha resuelto del todo.
“Esto porque el Ministerio de Defensa es el propietario y quien puede definir el destino de las tierras”, afirmó. En torno a los ocupantes que aún permanecen en el territorio de la Finca 916, González señaló que apelan a todo tipo de chicanas para retrasar los procesos sobre los mismos. “No tienen ninguna documentación que pueda desvirtuar la titularidad del Estado paraguayo”, puntualizó.
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Senado denunciará ante el JEM a jueces que liberaron al abogado que agredió a funcionaria
La Cámara de Senadores presentará una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) en contra de los tres camaristas que levantaron la orden de captura del abogado de una estación de servicios, Walter Acosta, quien había abofeteado a la funcionaria del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
Una vez aprobada la propuesta presentada por la senadora Lilian Samaniego, este pedido se derivó a la asesoría jurídica de la Cámara Alta para que inicie los trámites. Los tres magistrados de la Cámara de Apelación de Alto Paraná que serán denunciados son: Raúl Insaurralde, Efrén Giménez y Marta Acosta, quienes dispusieron la revocación de la medida judicial.
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El hecho en cuestión ocurrió la semana pasada en el distrito de Tavapy, departamento de Alto Paraná, y la víctima es Lourdes Sosa Cuevas, cuando llegó hasta la estación de servicios a cumplir un procedimiento de control rutinario.
“Es inamisible e inaceptable lo que hicieron estos miembros de la Cámara de Apelación de Ciudad del Este, Raúl Insaurralde, Efrén Giménez y Marta Acosta, que han revocado la orden de detención preventiva contra el agresor Walter Acosta. Por ello, solicito al plenario, que nos convirtamos en denunciantes, contra estos tres jueces ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en base al artículo 18, que da la potestad a la Cámara de Senadores”, expresó la senadora.
Agregó que este hecho no puede quedar como una indignación más solamente. “Tenemos que accionar, no esperemos que haya más muertes o víctimas de violencia contra las mujeres, y que no pase nada. Tiene que haber una sanción en la instancia del JEM”, acotó.
Finalmente, luego de que se puso a consideración del pleno, terminó acompañando la propuesta por unanimidad de los presentes.
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Cámara eximió de prisión a abogado que abofeteó a funcionaria del INTN
- Ciudad del Este. Agencia Regional
La Cámara de Apelaciones resolvió eximir de prisión al abogado Walter Ramón Acosta y con dicha medida queda sin efecto la orden de captura dictada por el juez penal de garantías de Santa Rita, Bernardo Silva, en el caso de coacción, coacción grave y resistencia que pesa sobre el letrado, después de haber abofeteado a una funcionaria del INTN.
La medida confirma lo que se venía manejando como información en los últimos días; el abogado no iba a presentarse hasta tanto consiga dicha orden y evitar ser capturado. El abogado Ever Waldemir Ferreira, en nombre de Walter Ramón Acosta, presentó ante el fuero penal del Tribunal de Alzada, la eximición de prisión.
La cámara de apelación integrada por los magistrados Efrén Giménez, Raúl Insaurralde y Marta Acosta firmó el AI (Auto Interlocutorio) No. 83, con fecha de hoy martes 25 de marzo. Con ello queda sin efecto la declaración de rebeldía y orden de captura que pesaba sobre el abogado agresor de la funcionaria del INTN.
Vale recordar que Acosta está imputado luego de ser visto en vídeos cuando en forma violenta abofeteó a la ingeniera Lourdes Teresa Sosa Cuevas, funcionaria del Instituto Nacional de Tecnología de Normalización y Metrología (INTN).
Fue en el momento en que personal de dicha institución realizaba un control a la estación de servicios Nossapar, Distribuidor Tres Fronteras, empresa a la que cual representaba el citado abogado agresor. La expendedora de combustibles presentó irregularidades, según el acta de fiscalización de aquella oportunidad.
Luego, por disposición del Ministerio de Industria y Comercio, otro equipo de personal técnico se trasladó a Alto Paraná para realizar otra verificación de documentos dentro de la estación de servicios, además de la toma de muestras del producto sobre la que se aguarda el resultado.
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Ley de APP es clave para la inversión en infraestructura ante restricciones fiscales
El papel crucial de la nueva Ley de Alianza Público Privada (APP) para el fomento de inversiones privadas en infraestructura pública fue resaltado en un conversatorio entre el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, el procurador general de la República, Marco Aurelio González, y el exministro de Hacienda, César Barreto, quienes coincidieron en que esta normativa impulsará proyectos en sectores estratégicos de infraestructura.
La Cámara de Comercio Paraguay Brasil organizó un conversatorio sobre la Ley de APP en el que se deliberó en torno a los desafíos y eventuales ajustes para su implementación. El presidente de la Cámara, Rubén Jacks, explicó que la normativa promulgada en enero de este año busca modernizar la anterior ley para darle mayor agilidad. “Como país tenemos situaciones nuevas como el poco espacio fiscal que ya tiene el país para endeudarse, entonces, más que nunca necesitamos que el sector privado realice obras de infraestructura y realice servicios que el Estado quizá no pueda”, afirmó.
El ministro Fernández Valdovinos resaltó que esta nueva ley es fundamental para el impulso de proyectos en sectores estratégicos como transporte, energía, agua y saneamiento, en un contexto de restricciones fiscales. Mencionó que el financiamiento de estas obras se complementaría con fondos obtenidos por la renegociación de Itaipú, que aportarán USD 650 millones a las arcas del Estado.
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Inversiones en infraestructura
Asimismo, resaltó que obras como la ruta PY02 demuestran la calidad de las obras realizadas bajo la Ley de APP y que se busca replicar ese mismo modelo en proyectos como la ruta PY01, cuya adjudicación señaló que debería definirse en las próximas semanas. El ministro de Economía agregó que se están ajustando los requisitos financieros para la participación de empresas, reduciendo la exigencia de capital mínimo con el fin de promover mayor participación en las licitaciones.
“La cuestión de la APP va a ser fundamental para proveer de infraestructura al país dadas las restricciones fiscales que vamos teniendo. Entonces, es uno de los instrumentos pensados por el Gobierno de manera a seguir mejorando no solo nuestras rutas sino también la transmisión de energía, agua y saneamiento. Complementa muy bien el presupuesto que se tiene cada año dentro del Presupuesto General de Gastos de la Nación y también complementa muy bien los recursos que van a venir después de la renegociación de Itaipú”, destacó.
Por su parte, el exministro de Hacienda, César Barreto, mencionó que el espíritu del mecanismo de las APP es que exista también mayor participación privada en las inversiones en infraestructura, atendiendo a que los recursos son escasos y la reducción en inversión pública en los últimos años en proporción del producto interno bruto (PIB). “Todos aquellos proyectos que puedan generar ingresos vía tarifas, precios o peajes, para financiar por lo menos una parte importante de los proyectos, creo que deberían encararse bajo la Ley de APP. Faltan proyectos y hay que avanzar en esa línea lo más rápido posible”, explicó el economista.
Mecanismos para resolución de conflictos
El procurador general de la República, Marco Aurelio González, explicó que la nueva ley establece mecanismos de resolución de controversias para evitar que los proyectos queden estacados por incumplimientos. Detalló que los conflictos se resolverán en primera instancia a través de un arbitraje que ya estará estipulado en los pliegos de bases y condiciones de cada contrato.
Mencionó que si una empresa incumple sus obligaciones, los financistas del proyecto podrán sustituir al contratista, a fin de que las obras no se paralicen. “La finalidad es que el proyecto culmine y avance a pesar de las dificultades y los incumplimientos que se puedan dar en el camino”, precisó.
González señaló que el Estado ofrece garantías tanto para los contratistas como para los inversores, pero que también cuenta con formas de asegurar el cumplimiento de las obras como, por ejemplo, la posibilidad de volver a licitar la obra en caso de que la firma seleccionada no pueda continuar con los trabajos. “La seguridad para el financista es que puede prendar o fideicomitir a su favor los derechos presentes y futuros, incluso del flujo de caja de los contratos públicos-privados de las prestaciones o los derechos que tenga el contratista”, ejemplificó.
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PGR impulsó por primera vez demandas por reparación del daño bajo gestión de Peña
- Por Juan Marcelo Pereira
“Es nuestra obligación resguardar y recuperar el dinero público. Existe una firme indicación del gobierno para combatir la corrupción y la impunidad”, dijo el procurador general de la República, Marco Aurelio González, tras detallar que bajo la administración presidencial de Santiago Peña, su institución impulsó por primera vez cuatro demandas de reparación del daño por hechos punibles cometidos contra el patrimonio del Estado.
A través de una entrevista con el diario La Nación/Nación Media, González detalló que el mecanismo permite una recuperación más expedita de los fondos públicos malversados, en comparación con un juicio civil ordinario de indemnización.
“Es la primera vez e iniciativa nuestra. La vía penal es más rápida y más segura. Si planteáramos en el fuero civil, se podría plantear que primero debe terminar el proceso penal. Y si se planteara en lo civil después de quedar firme el proceso penal, hay tesis que sostienen que ya operó la prescripción (2 años a contar desde el ilícito y un proceso penal suele durar mucho más). Entonces, para no correr ese riesgo”, manifestó.
El funcionario de Estado detalló que entre las demandas de reparación del daño se encuentra la impulsada contra el exministro de la Niñez y Adolescencia, José Orué Rolandi, quien fue hallado culpable por el delito de lesión de confianza junto con Carlos Centurión, Laura Gamarra, Gloria Arroyo y Araceli Cotillo, en la causa por el desvío de dinero perteneciente al programa de vaso de leche.
Otra de las demandas guarda relación con el exministro de Agricultura y Ganadería (MAG), Enzo Cardozo y la exdirectora administrativa de la cartera estatal, Maristela Azuaga, quienes fueron condenados por lesión de confianza en el desvío de fondos públicos mediante proyectos ficticios y documentos falsos en connivencia con directivos de la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas del Paraguay.
En la nómina se encuentra la demanda promovida contra el exrector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), Froilán Peralta y su exdirectora de Recursos Humanos, María del Carmen Martínez, conocida como “La comepapeles” quienes fueron condenados por lesión de confianza y estafa tras la designación irregular de personal y malversación de fondos universitarios.
Igualmente figura la demanda contra la exministra de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Gladys Cardozo y su exdirector de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), Aníbal Benítez, quienes fueron condenados por lesión de confianza por el millonario desvío en la adquisición de víveres para enviar a tres departamentos del Chaco, entre los meses de marzo y abril del 2012.
La Ley 6837/2021, en su artículo 23, proporciona a la Procuraduría la facultad de intervenir en calidad de víctima en los procesos penales por delitos contra el patrimonio estatal. Asimismo, le confiere la atribución de ejercer la acción civil para la reparación de los daños causados, permitiéndole representar a organismos y entidades públicas sin personería jurídica y asistir, a solicitud, a aquellas con autonomía legal.
Desde la institución indicaron que tras sus últimas intervenciones en los procesos penales en calidad de víctima, ha aumentado la cantidad de notificaciones de oficio de los juzgados para intervenir en salidas alternativas que incluyan reparación del daño, en audiencias preliminares y juicios orales.
Señalaron también que los jueces de garantía solicitan la postura de la Procuraduría General de la República, en estos procesos para asegurar que la posición del Estado sea considerada al evaluar acuerdos de reparación y decisiones sobre hechos punibles que afectan el patrimonio público.
Detallaron además que se ha identificado que, en muchos casos, al momento de ejercer la acción de reparación del daño, los condenados por corrupción ya no poseen bienes registrables a su nombre, con el objetivo de mitigar este problema, la institución se encuentra trabajando en conjunto con el Poder Judicial y la Fiscalía en la implementación de medidas cautelares preventivas, como la prohibición de innovar sobre bienes al dictarse sentencias condenatorias. Este enfoque apunta a garantizar la efectividad de las sentencias de reparación del daño.
Caso José Orué Rolandi
Monto demandado: G. 3.010.768.440
Estado procesal: la PGR obtuvo sentencia de reparación del daño; apelada, en estudio en el Tribunal de Alzada
Caso Enzo Cardozo
Monto demandado: G. 68.965.418.419
Estado procesal: audiencia de conciliación fijada para el 25 de marzo de 2025, tras múltiples recusaciones
Caso Froilán Peralta y María del Carmen Martínez
Monto demandado: G. 958.785.549 (Peralta) y G. 248.089.375 (Martínez)
Estado procesal: pendiente en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la resolución de una contienda de competencia; embargos preventivos ya ordenados
Caso Gladys Cardozo
Monto demandado: G. 2.482.950.000
Estado procesal: presentada la demanda con una recusación en trámite, con embargos preventivos ordenados
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