El abogado y exmagistrado Andrés Casati calificó como una medida acertada la iniciativa que modifica los artículos 6°, 136 y 305 de la Ley 1286/98, Código Procesal Penal, la cual apunta a erradicar la mora judicial proponiendo optimizar los plazos procesales dentro de una causa penal, tanto pública como privada.

Se atenta contra los derechos humanos al someter al justiciable a procesos tan largos. Yo creo que es muy acertada y atinada. Por el mal uso de recursos procesales y la falta de ejercicio de los jueces al no penalizar y no castigar las chicanas presentadas por los abogados es que se fueron extendiendo cada vez más los plazos y estamos ante procesos que son interminables”, sostuvo.

El proyecto de ley fue aprobado este último martes en la Cámara de Diputados y deberá ser remitido al Senado para su estudio. En el documento se propone reducir el plazo máximo de la duración de los procesos penales de acción pública a 3 años, contados desde el primer acto procesal.

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Mientras que para casos de acción penal privada, se establece en la iniciativa que el plazo máximo sería de 1 año y 6 meses. Otra de las modificaciones propuestas por los diputados se centra en que si el Ministerio Público no presenta requerimiento fiscal en 30 días tras una denuncia, el afectado puede solicitar directamente al juzgado la desestimación del caso.

“Lastimosamente, no se aplican las sanciones disciplinarias como se deberían aplicar. No hay derecho de tener a una persona en años de procesos, esto desestabiliza a cualquier ser humano y a toda una familia que hay detrás”, remarcó a la 1020 AM.

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Asimismo, acotó que en el caso de sancionarse la propuesta en el Congreso Nacional y promulgarse en el Poder Ejecutivo, “simplemente los jueces tendrán que aplicar su poder disciplinario, no solo para nosotros los abogados litigantes, también tenemos fiscales chicaneros”.

Casati siguió sosteniendo que “Hay causas son rimbombantes, populares, en donde los fiscales realizaron apresuradamente o irresponsablemente imputaciones, las cuales después no las pueden construir para sostener una acusación y como no quieren retroceder violando el artículo 54 del Código Procesal Penal que habla de la objetividad a la cual está obligado el Ministerio Público, ellos mismos van suspendiendo las audiencias, chicaneando”.

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