El presidente del Instituto de Previsión Social, Jorge Brítez, mediante la dirección de asesoría jurídica presentó otra denuncia ante la Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para que se abra una auditoría sobre el caso de préstamo hipotecario que lleva varios años sin llegar a su ejecución. Además solicitan que el caso sea resuelto, teniendo en cuenta que la demanda ya data del 2002.

El 3 de octubre pasado, el ente previsional había pedido también a la CSJ que lleve adelante una auditoría para conocer quiénes fueron los responsables del extravío de hojas y la desidia judicial acerca del expediente caratulado: “IPS contra Espigal SA, sobre ejecución hipotecaria y prendaria del año 2002.

El director de la asesoría jurídica del IPS, Dr. José González, explicó en comunicación con el Diario La Nación/Nación Media, que la denuncia presentada ahora tiene que ver con la demanda de una ejecución hipotecaria por valor G. 6.657.504.067 iniciada en el año 2002 contra OMSA S.A (Administración e Inversiones S.A) sobre ejecución hipotecaria y prendaria expediente N° 689 AÑO 2002, que obra en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial del Duodécimo Turno, Secretaria N° 23.

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Esta deuda es originada de una cesión de créditos hipotecarios de varias empresas, realizada por el Banco Nacional de Trabajadores (BNT) a favor del IPS, según escritura pública nº 98 de fecha 11 de Agosto de 1997, pasada ante la escribana Gladis Esquivel de Cocco, cesión que fue debidamente notificada a los deudores cedidos en cumplimiento a lo establecido por la ley. Asimismo, los deudores por nota dirigida al IPS en fecha 21 de febrero de 2000 reconocen la suma reclamada en el presente juicio”, explicó.

Mencionó que durante el juicio se presentaron una serie de excepciones, así como también incidentes de caducidad, y desde el año 2014 se encuentra firme la providencia de “autos para resolver”, pendiente de resolución de las excepciones presentadas que fueron debidamente contestadas.

Indicó que el objeto de la demanda es cobrar la suma superior a G. 6.657 millones, caso contrario ejecutar la hipoteca, que está garantizada con varios inmuebles que se encuentran en la zona del Chaco y en zona de Ypané. Aún no tiene sentencia de remate, por lo que todavía no se procedió al remate de los bienes hipotecados y embargados en juicio, ante la desidia y mora judicial.

Pedido de Auditoría

El asesor jurídico, explicó que este retraso en la ejecución hipotecaria motivó a solicitar la auditoría a la Superintendencia de la CSJ, a fin de deslindar responsabilidades, ante la eventual desidia de las anteriores autoridades del IPS, y que el resultado de esta auditoría se remita al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

El expediente se encuentra pendiente de resolución de las excepciones de nulidad, inhabilidad de título y prescripción, planteadas por la firma OMSA S.A. desde el 22 de setiembre 2004, quedando pendiente de resolución desde el 9 de marzo de 2007, con la providencia de autos para resolver”, explicó.

Mencionó que desde entonces no se ha dictado sentencia. Sin embargo, señaló que en una verificación puntual realizada por el Departamento Judicial, notaron dos hechos relevantes que ameritan una investigación a los efectos de analizar la conducta de los agentes de Justicia que intervinieron en el caso, ya sean jueces, actuarios e inclusive de los abogados de la Dirección Jurídica”, explicó.

Agregó que de acuerdo con la Nota N° 3004/19 de fecha 3 de junio de 2019, el director del Archivo General de los Tribunales remitió el expediente de vuelta al Juzgado, sin existir ninguna constancia o razón por la cual el expediente se remitió a archivo, y cuándo se remitió.

“Esto causó un gravamen en vista a que el expediente se encontraba en estado procesal: pendiente de resolución - de las excepciones presentadas desde el 2007, pero el expediente fue archivado por el Juzgado. No existen explicaciones legales, procesales ni administrativas para este acto de irresponsabilidad, que mantuvo en estado de suspenso los derechos de la institución. El notable retraso para la resolución del expediente es un tema, además, gravísimo y pasible de investigación, pretendiendo dilucidar quiénes son los responsables de este retraso que causa un importante perjuicio al IPS”, comentó.

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