La Cámara de Diputados aprobó con algunas modificaciones y aclaraciones el proyecto que establece cambios a los artículos N.° 128 y 135 del Código Penal respecto al abuso de niños. La iniciativa vuelve al Senado tras haberse elevado las penas y haber contemplado como agravantes a todo aquel que forme parte del círculo del menor.
“En el inciso primero del N.° 135 que se refiere a lo que sería donde no hay coito, donde hay un manoseo, eso queda con una pena de 5 a 18 años, eso fue aumentado”, explicó la diputada Rocío Vallejo en conversación con varios medios de prensa. Asimismo, se decidió rechazar la versión de la Cámara de Senadores en cuanto a la disminución de la pena en casos de coito para menores de 14 años.
En dicho sentido, los legisladores de la Cámara Baja decidieron mantener la pena vigente que establece 15 años de cárcel como mínimo y una máxima de 30 años. Por otro lado, el coito con un menor de 10 años, tendrá una pena de cárcel mínima de 20 años y una máxima de 30 años. Además, se amplió la cobertura de situaciones agravantes para estos casos.
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“Mencionaba solamente a los parientes o alguien con quien conviva, pero nosotros le agregamos a aquellas personas cercanas, es decir, aquellos que trabajan en la casa, amigos de los padres o de los hermanos, ampliamos algunos conceptos para abarcar a aquellos que frecuenten la casa porque lo que hay que destacar en todos estos casos de abuso es que estos se dan en un porcentaje altísimo en el ámbito familiar”, resaltó.
En cuanto al artículo 128, se realizaron aclaraciones en torno a la definición de lo que es coito, dado que había una laguna en ciertos casos de violación y fue incluida la penetración con objetos, detalló la legisladora. “Estas modificaciones, van a otorgar más claridad y entendimiento con respecto a la ley”, expresó durante la sesión la diputada liberal, Dalia Estigarribia.