El juez Osmar Legal decretó la inhibición general de enajenar bienes, así como también dispuso el bloqueo de cuentas bancarias que están a nombre del fallecido diputado Eulalio Gomes, las de su hijo Alexandre Rodrigues Gomes y Oscar Cabreira Pinazo, quienes fueron imputados por lavado de dinero y asociación criminal.
Con la resolución, los detenidos no podrán sacar un solo guaraní o dólar de las cuentas bancarias que fueron bloqueadas por resolución de la justicia. Igualmente, se libró oficio al Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal. También ya se dio intervención a la Secretaria Nacional de Bienes Incautados y Comisados de conformidad a lo previsto en el art. 2 de la ley N° 5876.
El juez Osmar Legal admitió la imputación por los delitos de lavado de dinero y asociación criminal contra Alexandre Rodrigues Gomes, Óscar Daniel Cabreira Pinazo, Luis María Zubizarreta Zaputovich, y Jhon Gerald Marhias Gaona.
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Asimismo se fijó para este martes 20 de agosto la fecha para el desarrollo de la audiencia de imposición de medidas cautelares para Rodrigues Gomes y Cabreira Pinazo. Mientras que para Zubizarreta Zaputovich se fijó para el 26 de agosto.
La audiencia de imposición de medidas para los imputados Rodrigues Gomes y Cabreira Pinazo se realizará de forma telemática, es decir desde el lugar de reclusión de ambos imputados.
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Marzo Paraguayo, la gesta ciudadana que 26 años después repercute en la memoria histórica
- Por Juan Marcelo Pereira, juan.pereira@nacionmedia.com.
“Marzo de 1999 constituye un capítulo del pasado que, sin dudas, seguirá en nuestra memoria histórica por muchas generaciones”, manifestó el historiador José Federico Samudio Falcón, al conmemorarse en estos días los 26 años de la crisis política y social marcada por el luto y el despertar del clamor popular en defensa de la democracia paraguaya, que se conoce como el Marzo Paraguayo.
“Por vez primera ocurrieron cosas en distintos ámbitos, que no habían ocurrido hasta entonces. Fue la primera vez que un vicepresidente de la República paraguayo fue asesinado. También, la primera vez que colapsó un gobierno en democracia”, sostuvo al diario La Nación/Nación, haciendo referencia al magnicidio del último caudillo colorado, Luis María Argaña, registrado en la mañana del 23 de marzo, cuando transitaba en la entonces calle Diagonal Molas, de Asunción, en compañía de su chofer y guardia.
Su camioneta Nissan Patrol, de color rojo, que debía transportarlo desde su vivienda en el barrio de Las Carmelitas hasta la sede de la Vicepresidencia, fue acribillado a balazos y se arrojó una granada debajo, que no se detonó; su muerte fue confirmada poco después en el sanatorio Americano.
El ataque contra Argaña dio inicio al evento histórico denominado Marzo Paraguayo, en que se registró una serie de manifestaciones en las plazas y calles aledañas al Congreso Nacional para reclamar la renuncia del mandatario Raúl Cubas Grau, sindicado junto con el general retirado Lino César Oviedo de ser los responsables del magnicidio.
“Fue, además, la primera vez que el pueblo paraguayo pudo comprobar empíricamente, que la supervivencia o el fin de un gobierno podía definirse no solamente mediante golpes militares, como tantas veces ocurrió en nuestra historia, o a través de elecciones. El vigor del clamor popular en las calles, que se descubriría en esos álgidos días entre el 23 y 28 de marzo, también podía jugar un rol definitorio”, indicó Samudio Falcón a La Nación.
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Represión y tiroteo
Los lugares en donde se desarrollaron las protestas ciudadanas pasaron a convertirse en territorio de batallas campales, que alcanzaron su máxima tensión el viernes 26 de marzo, con una intensa represión policial, y tiroteos que dejaron como saldo 8 muertos y 769 heridos entre los manifestantes.
La nomina de los fallecidos estuvo conformada por Cristóbal Espínola, Manfred Stark González, Henry Díaz Bernal, Armando Espínola, Víctor Hugo Molas, José Miguel Zarza, Tomás Rojas y Arnaldo Paredes (quien murió un año después como consecuencia de las heridas recibidas durante las manifestaciones).
Indignación colectiva
“Ese marzo con apodo, vive y vivirá en la mente de los paraguayos, como lección de que el sentir de la sociedad paraguaya debe ser tenido en cuenta. No puede ser descartado mediante meros actos de fuerza, trátese de un magnicidio o la salida de tanquetas a la vía pública. Pues, para bien o para mal, cuando la indignación colectiva se siente provocada, sin respuesta a los agravios recibidos y arrastrada a disputas por fuera de la institucionalidad, puede sorprender a propios y extraños con un rugido capaz de hacer temblar las plazas y calles, y con ellas, los cimientos del status quo”, dijo el historiador.
El conflicto cerró por la noche del 28 de marzo, con la renuncia de Cubas, quien permaneció en el poder solo 8 meses para posteriormente partir al exilio en Brasil; y el juramento del senador Luis González Macchi como jefe de Estado. Mientas que Oviedo escapó a Argentina, donde obtuvo asilo político.
Lino Oviedo
“Estos hechos dejaron bien claro que Oviedo no era tan valiente como presumía, ni tenía el gran respaldo popular del que presumía, sino sólo el de los nostálgicos de la dictadura stronista y los oportunistas de siempre. El marzo paraguayo fue una gesta patriótica de la ciudadanía, cansada de la injerencia de Lino Oviedo en las decisiones del gobierno de Cubas Grau, quien se encontraba constreñido en sus funciones por la fuerte influencia de Oviedo en el Partido Colorado y las FF.AA.”, mencionó el analista político Marcelo Duarte.
“Los gobiernos que se someten a la presión de factores externos opuestos a lo decidido democráticamente por la voluntad popular causan una reacción inversa y directamente proporcional de la ciudadanía contra quienes la provocaron y quienes ceden ante ellas de ahí que Oviedo tuvo que huir del país y refugiarse en el extranjero y el presidente Cubas Grau renunciar”.
Posteriormente, Oviedo retornó al Paraguay, y a prisión, en junio del 2004. En octubre del 2007 fue absuelto de la condena de 10 años fijada en 1997, tras un intento golpista contra el expresidente de la República, Juan Carlos Wasmosy, y en el 2008 en la causa judicial conocida como la Masacre del Marzo Paraguayo. Se postuló, sin éxito, a la presidencia en el 2008 y el 2013. Falleció el 2 de febrero de 2013, en un accidente aéreo.
“El pueblo paraguayo se demora en reaccionar, pero cuando lo hace su fuerza es incontenible, esa es la lección que nos dejó el marzo paraguayo y debe servir de ejemplo a los aprendices de dictadores, sus títeres y a las nuevas generaciones de paraguayos”, sentenció Duarte.
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Muerte de Lalo: juez se opone a desestimar denuncia y fiscal general tendrá la última palabra
El juez penal de garantía de Pedro Juan Caballero, Juan Martín Areco, imprimió trámite de oposición al pedido de desestimación que solicitaron los agentes fiscales Celso Morales, Christian Ortiz y Luis Said en relación a la investigación sobre la muerte del diputado Eulalio “Lalo” Gomes, ocurrida en la madrugada del 19 de agosto del año pasado, en un allanamiento fiscal.
Con la presente resolución judicial, será el fiscal general del Estado quien defina si dictamina a favor de la desestimación o recomienda al juzgado penal de garantía seguir con la presente investigación fiscal.
En su resolución, el magistrado Areco sostiene que “me mantengo en mi oposición, conforme a los fundamentos del A.I. N° 218 de fecha 13 de marzo del 2025, en consecuencia y de conformidad a lo que dispone el artículo 314 del Código Procesal Penal, párrafo segundo, que dice disponer la remisión nuevamente de las actuaciones al Ministerio Publico, para que el fiscal general del Estado peticione nuevamente o ratifique lo actuado por los fiscales inferiores, por los fundamentos expuestos en el considerando de la presente resolución”, según la determinación adoptada por el magistrado Areco.
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De acuerdo a los hechos, el fallecimiento del diputado se registró el pasado 19 de agosto del 2024, a las 3:00, durante un allanamiento encabezado por el Ministerio Público, acompañados por los agentes de la Policía Nacional y los asistentes fiscales.
De acuerdo al Ministerio Público se determinó que los intervinientes que estuvieron en el hecho son los agentes policiales Pablo Torales y Carlos García. Este último fue el que disparó los tiros mortales contra el legislador. Conforme con la conclusión de los fiscales, el hecho se produjo en defensa propia, ya que el diputado también había disparado contra los intervinientes, por lo que habría existido una causa de justificación.
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Mafia de los pagarés: comunican desafuero de jueces de paz y admiten imputación
El juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, comunicó al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) el pedido de desafuero de los jueces de paz, Analía Cibils y Víctor Nilo Rodríguez, imputados por el delito de prevaricato en el marco de la investigación por el caso conocido como la mafia de los pagarés.
Asimismo, el referido magistrado admitió la imputación contra los actuarios judiciales, ujieres notificadores y abogados de las firmas de cobranzas, y a su vez citó a los imputados para la audiencia de imposición de medidas a realizarse a partir de la segunda quincena del mes de abril.
De acuerdo con la determinación adoptada por el juez Estigarribia, el 22 de abril a las 8:00 de mañana tendrán que comparecer los imputados Ricardo Ramón Cuevas, Martina Elsa Rivela Santacruz, y Nicolás Antonio Antúnez Tillería. A las 9:30 comparecerán Arturo Javier Ayala Franco, Audrey Jazmín Galeano Mora, hija de Rubén Galeano, expresidente del Colegio de Abogados del Paraguay.
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Igualmente, el 24 de abril a partir de las 8:00 de la mañana comparecerán Gabriel Darío Ojeda González, Leticia Soledad Núñez Cáceres, Gabriela María Vespa Centurión y a las 9:30 lo harán Roger Alejandro Medina Quintana, y Melissa Analía Talavera Bogado.
El 25 de abril de 2025 fueron citados por el juzgado a las 9:30 Stella Solans Lezcano Colman, Héctor Manuel Noguera Florentín. Mientras que el 28 de abril a las 8.00 comparecerán Gloria Isabel Morínigo Gill, Rosa del Pilar Lezcano Correa, Ingrid Natalia Macarena Prette Goldenberg; Fernando Cáceres González, y Blas Antonio Rodríguez Galeano.
El 29 de abril de 2025 a las 8:00 comparecerán los imputados Silvio Gustavo Miranda Barrios, Robert Enrique Santacruz Oviedo, y a las 9:30 Patricia Adriana Parodi Cantero, Sebastián Marcelo Benitez Porzio, y el 30 de abril, el oficial de justicia Hugo Ignacio Lafuente.
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Corte declaró competente al juez Humberto Otazú en caso penal de exjueza Tania Irún
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Carolina Llanes, Alberto Martínez Simón y María Belén Agüero, declaró competente al juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, para que pueda seguir tramitando la causa penal por el delito de prevaricato contra la ex jueza en lo Civil y Comercial, Tania Irún.
En un llamativo fallo judicial y con los votos de los camaristas Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete se anuló de forma sorpresiva la elevación a juicio oral de Irún y se ordenó que se realice una nueva audiencia preliminar para estudiar la acusación. Los dos citados camaristas ya fueron acusados por mal desempeños en sus funciones en el JEM.
Ahora, el referido magistrado deberá fijar la fecha para la realización de la audiencia preliminar donde se definirá si Tania Irún va a juicio oral y público. La exjueza está acusada por prevaricato y destituida del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados luego de comprobarse mal desempeño de sus funciones con los votos de los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia.
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Contundente acusación fiscal
En julio del año pasado, la fiscal adjunta Soledad Machuca acusó y pidió juicio oral y público para la exjueza en lo Civil Tania Irún, procesada por el delito de prevaricato. Machuca fue contundente al señalar que la ex magistrada obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y en consecuencia habría intimado a la parte demandada, a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay.
La acusación también señala que “como bien podrá advertirse la entonces magistrada Irún al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley especial N°2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan sólo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras, afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes, sin embargo en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”, refiere el escrito de la acusación del Ministerio Público.
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