El Ejecutivo promulgó el decreto que reglamenta la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas, a partir del trabajo coordinado entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), como órgano rector, y la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).

La disposición se da con el objetivo de establecer un marco conceptual y normativo general que permita un mejor despliegue de las regulaciones secundarias a ser impartidas por el órgano rector y las instancias reguladoras, logrando una mejor adecuación de los objetivos trazados por la ley.

Entre las figuras desarrolladas en la ley se destacan definiciones, procedimientos e instrumentos que impactan en la planificación, la programación presupuestaria, la gestión de las contrataciones, la administración de los bienes y las evaluaciones.

La normativa ilustra de forma más clara la visión de cadena integrada, orientada al control en la gestión del suministro público. El mismo ya no estará limitado a la etapa de adquisición, estará extendido desde la planificación que le dio origen, hasta la evaluación de las metas programadas y cumplidas.

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Con la nueva reglamentación se pondrá foco también a los resultados, la eficiencia del gasto y la alineación de esfuerzos con las agendas de desarrollo nacionales y sectoriales. Ante esto, se destaca la gobernanza y la posibilidad para identificar a los actores para una mejor división de funciones.

La reglamentación enfatiza la importancia de la evaluación como insumo para la mejora continua y la alineación de las políticas del Sistema Nacional de Suministro Público. Igualmente, señala las políticas de estímulo a sectores estratégicos diseñadas por el Gobierno.

Algunas de las incorporaciones centrales de la nueva reglamentación son la promoción de la transparencia y el intercambio de buenas prácticas; así como las indicaciones de análisis y estudios que promuevan identificar el suministro para lograr eficiencia en el gasto.

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