La denuncia por prevaricato presentada por el presidente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Hugo Fleitas, en contra de los camaristas electorales Santiago González Bibolini, Myriam Cristaldo y Teresita Martínez fue desestimada por el juez Humberto Otazú. La decisión del juez se dio por pedido del fiscal Leonardi Guerrero.
La acción presentada por el titular del PLRA fue por la decisión tomada por los camaristas electorales que dejó sin efecto la suspensión de los senadores Dionisio Amarilla, Édgar López, Hermelinda Alvarenga y Noelia Cabrera, resuelta por el Directorio.
La resolución del juez Otazú señala que la conducta de los camaristas denunciados no puede encuadrarse dentro del tipo penal de prevaricato, argumentando para que se configure este tipo de hecho punible, los mismos debían “torcer la norma” en la cuestión jurídica para favorecer o perjudicar a una de las partes.
Desde el PLRA señalan que “la desestimación de la denuncia por prevaricato concedida por el juez Humberto Otazu fue a pedido de los apoderados del PLRA”. “La misma no tiene nada que ver con la expulsión de los 4 senadores, y solo es por prevaricato cuando los jueces del Tribunal Electoral concedieron trámite de riesgo a favor de los senadores contra la decisión del Directorio de suspenderlos antes de la convención”, menciona la aclaratoria desde prensa del Partido Liberal.
En febrero de este año el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) se pronunció a favor de los senadores expulsados del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Dionisio Amarilla, Hermelinda Alvarenga, Édgar López y Noelia Cabrera, reponiéndolos en su carácter de afiliados a la nucleación política.
“Conceder conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 692 del Código Procesal Civil una medida distinta a la peticionada y en tal sentido disponer como medida cautelar de urgencia, la prohibición de innovar en relación al padrón definitivo del PLRA anterior a la sesión extraordinaria de fecha 13 de febrero de 2024″, señalaba parte de la resolución emitida por la Justicia Electoral.
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