El pleno de la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de resolución por el cual se revocaron los desafueros de los senadores Hernán Rivas, Erico Galeano y Rafael Filizzola. Tras un intenso debate, finalmente los senadores resolvieron aprobar el pedido presentado por la bancada de Honor Colorado.
Se trata del proyecto de resolución “por el cual se derogan los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 502 dictada por la Honorable Cámara de Senadores, de fecha 4 de abril de 2024, y restablece la vigencia de las resoluciones números 48, 433 y 313, de la Honorable Cámara de Senadores”.
Al inicio del tratamiento de este proyecto de resolución, el senador Derlis Maidana solicitó que el pleno se constituya en comisión para emitir un dictamen sobre la propuesta, lo que fue aprobado por el pleno. En esta instancia, Maidana expuso el dictamen de los abogados constitucionalistas Marcelo Duarte y Luis Lezcano Claude.
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El jurista Marcelo Duarte, indicó en su dictamen que “la facultad del Congreso se limita al levantamiento de las inmunidades y su retiro solo afecta a investigación penal quedando a cargo del juez de la causa decidir sobre la procedencia de las siguientes decisiones procesales solicitadas por las partes”. Exposición que fue presentada por el senador Maidana ante el pleno.
Así también, el abogado señaló en su dictamen que: “el Senado solo tiene la facultad de retirar los fueros a las personas que ocupan determinados cargos, en el caso de los legisladores, en la última parte, del artículo 191 de la Constitución Nacional; no así la facultad de devolvérselos o de otorgárselos a otra persona, por ende, los senadores que fueron despojados de sus fueros recuperarán desde el momento que sean desvinculados de la causa penal por decisión de la instancia judicial”.
En el dictamen del doctor Lezcano Claude, el mismo expone que: “Cuando la Cámara concede el desafuero está diciendo en términos sencillos que está de acuerdo que uno de sus integrantes sea sometido a un proceso penal y lo pone a disposición de la justicia ordinaria en cuanto a un proceso concreto, con todas las implicancias que ello supone, incluida la posibilidad de la prisión preventiva y por todo el tiempo que sea necesario para el desarrollo del proceso”.
Así también refiere que “admitir que el Senado puede revertir un desafuero implica aceptar que puede interferir en el proceso penal en curso, en cualquier etapa del mismo, no se reconoce a las Cámaras la facultad de revertir un desafuero y de este modo intervenir en el curso normal de un proceso penal llevado a cabo ante la justicia”.
Rectificación
Por su parte, el senador Derlis Maidana señaló durante su intervención que la bancada de Honor Colorado tuvo la intención de rectificar la decisión tomada anteriormente, y que en ningún momento se dio la intención de obstruir los procesos judiciales de los senadores en cuestión.
“Nos ratificamos que en ningún momento se hizo una obstrucción a la justicia, al momento en que nosotros dictamos la resolución número 502, no había ninguna resolución judicial todavía. Hoy nosotros como Congreso no podemos entrar a producir un desequilibrio de los poderes del Estado ni incumplir órdenes judiciales, por eso es que solicitamos dejar sin efecto la resolución 502″, refirió.
Mencionó también que, la anterior decisión no causó agravios en los procesos judiciales. “También es importante decir que no se causó agravio, en razón de que ninguno de los legisladores en cuestión ha salido del país, se han fugado de la justicia, no prosiguió la investigación por parte de los mismos, el propio Ministerio Público sostiene en su presentación de que el desafuero es definitivo, entonces corresponde que esta resolución 502 sea dejada sin efecto”, sentenció.
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