Desde el Ministerio Público, a través del acta de imputación elaborado contra el expresidente de la República Mario Abdo Benítez y varios exministros de su administración, recomendaron para los imputados medidas alternativas a la prisión. La jueza penal de garantías Cynthia Lovera es la magistrada a cargo de la causa y decidirá seguir dichas estipulaciones o dictar directamente prisión preventiva para los acusados.
La decisión de la magistrada se realizará una vez que admita la imputación contra las nueve personas determinadas y posteriormente fije la elaboración de la audiencia de imposición de medidas, a la espera de que los propios acusados se sometan a los mandatos de la justicia. Los imputados deberán dar pruebas de las garantías existentes que avalen las respuestas de cada uno para responder ante la justicia.
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La jueza Lovera había remarcado que se tomará el plazo de ley existente para tomar la decisión pertinente sobre la causa remitida, contando así con el lapso de tres días para evaluar y dar admisión a la imputación, formulando además su criterio sobre el caso del expresidente Abdo Benítez. Esto teniendo en cuenta a los fueros con los cuales presuntamente contaría, a través de su senaduría vitalicia.
La Fiscalía estipuló que los hechos atribuidos a cada uno de los imputados es considerado grave, elaborando detalles pormenorizados de cada una de las responsabilidades de los implicados en la filtración de documentos de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero y Bienes (Seprelad). La etapa de la causa es aún incipiente; si la jueza Lovera admite la imputación, deberá dictarse seis meses de periodo investigativo, con posibilidad de que se soliciten otros seis meses de prórroga.
Es decir, solo la investigación del Ministerio Público podría durar casi un año y luego de ese periodo se podría solicitar un requerimiento conclusivo. Entre las figuras expuestas en el acta de imputación, se habla de revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.
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