La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados emitió este miércoles su dictamen en mayoría por la aprobación del proyecto de ley para crear la superintendencia de jubilaciones y pensiones, mientras que, en minoría, se recomienda el rechazo del documento. La normativa obtuvo ayer martes media sanción en el Senado, con modificaciones; pero no está previsto su tratamiento este miércoles por el pleno de los diputados.
De la reunión de la comisión asesora participó, en carácter de invitado, el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, como así también el presidente de la Unión Industrial Paraguaya (UIP), Enrique Duarte, quienes abogaron por la aprobación del proyecto tal como fue remitido por la Cámara de Senadores.
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“La ventaja es que esto evitará lo que ha ocurrido, cuando no existía o no tenía fortaleza la Superintendencia de Bancos, que entró en crisis en los 90. Desde que se fortaleció la Superintendencia de Bancos y con la nueva Carta Orgánica del Banco Central del Paraguay, han terminado las crisis bancarias”, alegó el secretario de Estado ante los legisladores.
Por su parte, el diputado Yamil Esgaib refirió: “Es una necesidad para todos; a la larga esto va a ser muy útil; queremos hacer un mayor control a las cajas jubilatorias; se sabe que existieron entidades como la Cajubi (Caja Paraguaya de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la Itaipu Binacional), en donde se perdió mucho dinero por falta de alguien que indique en dónde realizar las inversiones; el Estado paraguayo está muy bien conceptuado, no necesita tocar ningún fondo de jubilaciones”.
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El proyecto de ley “Por el cual se reglamenta el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, en cumplimiento del artículo 95 de la Constitución de la República” busca garantizar a los afiliados y beneficiarios de dichas entidades la provisión de las prestaciones previsionales con calidad, eficiencia y eficacia, resguardando la integridad financiera de sus respectivos fondos.
La Cámara Alta aprobó la modificación en el artículo 31, en donde se estableció, claramente, que “ningún funcionario estará exento de responsabilidad, por su acción u omisión en el desempeño de sus funciones”. También el artículo 27, en donde se agregó el siguiente párrafo: “EL IPS no concederá préstamos al Estado ni a entes descentralizados y municipalidades, de igual forma no podrá instrumentar operaciones con bonos u otro tipo de deudas emitidas por el Estado paraguayo”.