Ante el anuncio de que el Directorio del Partido Liberal, encabezado por Hugo Fleitas, ha solicitado al Tribunal de Conducta partidario la sanción y correspondiente expulsión de cinco senadores que participaron del juramento de la actual integrante del Consejo de la Magistratura (CM), Alicia Pucheta, el exsenador liberal Fernando Silva Facetti salió al paso y recordó la inconstitucionalidad de cualquier sanción hacia los parlamentarios que fueron electos para representar al país.
A través de sus redes sociales, el exlegislador indicó que las sanciones a parlamentarios por sus decisiones en el Congreso Nacional son inconstitucionales ya que la Carta Magna establece que los senadores y diputados son electos por medio de partidos o movimientos políticos, pero una vez electos representan al país. Recordó que el artículo 201 de la Constitución establece que los legisladores no están sometidos al mandato imperativo de los partidos políticos.
Le puede interesar: Directorio del PLRA solicita al Tribunal de Conducta expulsar a cinco senadores
Silva Facetti sostuvo que esta misma discusión ya se ha tenido muchas veces en el pasado y que en el caso del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) se remonta incluso al tiempo de Domingo Laíno, cuando la Convención, el Directorio partidario o el Comité Político bajaba una posición, los parlamentarios tenían una posición distinta.
“Este tema ya fue bajado, estudiado y sentenciado por la Corte Suprema en muchos casos similares, donde ratifica que conforme a la última parte del artículo 201 en la Constitución y que está como eslogan a espalda del presidente del Congreso a la sala de sesión del Senado que se puso en la época del expresidente Robert Acevedo el cartel, que se lee que: Los Senadores y Diputados no están sujeto a mandato imperativo”, indicó.
El exsenador explicó que un legislador llega al cargo a través de un movimiento o partido, pero una vez que ocupa la curul representa a todo el país y tiene un compromiso nacional. “Por eso la Constitución establece que un legislador no se puede someter al mandato imperativo de un partido. Cuando un partido político, ya sea ANR, PLRA o Encuentro Nacional, resuelve a instancia partidaria, que es mucho inferior a la Constitución. Cuando piden una sanción lo hacen en base al reglamento o estatuto partidario, que está por debajo de la Constitución”, explicó.
Silva Facetti insistió que en base a estos argumentos en reiteradas ocasiones, la Sala Constitucional de la Corte Suprema, siendo la máxima autoridad judicial, ya ha entendido en casos similares, que no se puede imponer ningún tipo de investigación o sanción contra de ningún parlamentario, que en uso de sus atribuciones constitucionales, votó en el sentido que le ha parecido mejor.
“Cuando algunos políticos o algunos medios hablan de que debe ser sancionado están faltando a la verdad, porque todos saben lo que dice la Constitución y habiendo incluso fallos de diversas salas constitucionales de la Corte que estuvo constituida por diferentes ministros y todos han coincidido en la inconstitucionalidad del mandato imperativo”, acotó.
Le puede interesar: Senado tratará proyecto de emergencia vial del tramo Concepción - Pozo Colorado