El abogado constitucionalista Emilio Camacho se refirió a la designación de Alicia Pucheta como representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura, asegurando de que el Ejecutivo puede cambiar a su representante si así lo considera. La exvicepresidente de la República y extitular de la Corte Suprema de Justicia deberá reemplazar a Enrique Kronawetter, designado como suplente en el gobierno de Abdo Benítez.
“Si vamos a ser más estrictos, en este momento, el representante del Poder Ejecutivo ya no representa al Poder Ejecutivo, o no cree o no confía o quiere llevar a una persona mejor, esa es mi interpretación”, expresó el destacado jurista, este martes, en entrevista al programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
En primer lugar, Camacho explicó que la Constitución Nacional, en su artículo 63, es bastante clara con relación al tiempo que dure el mandato, la representación en este caso, sin embargo, el Poder Ejecutivo podrá nombrar a su representante cuando lo considere.
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“El representante del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura obviamente es nombrado por decreto, sí, en la ley, y me refiero concretamente a la Constitución, establece la duración de los miembros del Consejo de la Magistratura, artículo 63 concretamente, dice que duran 3 años en sus funciones y gozarán de iguales inmunidades que los ministros de la Corte Suprema de Justicia”, apuntó.
Agregando que “el fondo del tema se define por a quién representa esa persona, la persona en cuestión y eso se responde leyendo el 262 de la Constitución; el consejo está compuesto por un representante del Poder Ejecutivo, entonces, obviamente la persona que está ahí representa al Ejecutivo y eso significa que el Poder Ejecutivo es el que nombra a esa persona o revoca ese mandato”.
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El constitucionalista explicó que una cosa es la duración del mandato, que es de 3 años como lo establece la Constitución, lo que está muy claro, pero, en su opinión, eso no restringe que ese representante pueda ser cambiado. “La representación es como un mandato, puede ser que la ley diga que dura 3 años, correcto, el mandato del representante del Poder Ejecutivo, pero no quiere decir que tenga que estar los tres años. Por lo tanto, es obvio que la persona que nombra puede nombrar a otra persona en su representación”, señaló el abogado.
También indicó que el Ejecutivo puede cambiar a su representante, por ejemplo, en el caso de que ya no exista una confianza en ese representante. “El segundo argumento cabe en lo interpretativo, donde puede haber diferencias, es que si Juan Pérez nombra a un representante, no confía o pierde la confianza, o cree que debe cambiar, en la filosofía de gestión de su representante, claro que puede cambiar a su representante, de eso no tengo dudas”, sentenció.