La Procuraduría General de la República (PGR) se encuentra desplegando medidas para recuperar las 131 hectáreas que pertenecen al Estado paraguayo en el distrito de Villa Hayes; el jueves ya se procedió a la recuperación de una parte de los inmuebles. Para el intendente de Villa Hayes, Luis López, las tierras deben ser desafectadas en beneficio de su comuna, pero también reconoce la disposición del Estado paraguayo sobre la zona.
“No intervenimos porque el territorio no es nuestro y no tenemos el dominio privado sobre ese terreno. La situación actual se debe corregir y también se le debe dar alguna solución a esa gente porque no tributa al Estado”, señaló para “Así son las cosas”, programa emitido por Universo 970 AM y GEN/Nación Media. Reiteró que los propietarios no habían derivado a la Municipalidad de Villa Hayes el pago correspondiente del impuesto y tampoco tributaban en alguna otra institución por ocupar el territorio.
El jefe comunal previó una conferencia de prensa para este viernes en torno a los hechos trascendidos. Reiteró que una de sus principales preocupaciones se encuentra en que los presuntos ocupantes de la zona no tributan ni a la nunicipalidad ni a otra entidad.
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Tampoco cuentan con algún contrato de arrendamiento, desembolso al impuesto inmobiliario, impuesto a la construcción (teniendo en cuenta que los inmuebles en la zona de Villa Hayes son grandes construcciones). El precio fiscal también establece la Dirección Nacional de Catastro todos los años y no se cuenta con este factor, sin mencionar la falta de patente comercial para algunas instalaciones en las zonas ribereñas.
“Son cuatro los impuestos que dejamos de percibir a raíz de esta indefinición del problema”, manifestó. Argumentó que el terreno corresponde al municipio, López se basa en una ley emitida en el año 2001 que habla sobre el derecho de las comunas sobre los inmuebles; indicó que dicha reglamentación cataloga que los terrenos fiscales ubicados en las zonas urbanas de los municipios deben ser transferidos a la propiedad de cada comuna.
Reconoció que, en tanto no se concrete el trámite administrativo requerido para determinar el derecho sobre el inmueble en cuestión, la municipalidad no puede disponer sobre la propiedad. Esto debido a que se debe contar con el argumento legal que catalogue a la comuna como la propietaria del terreno; hasta tanto no ocurra esto, el dueño legítimo es quien figura en el registro público, sea el Ministerio de Defensa Nacional o cualquier otra institución.
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