El senador liberal Fernando Silva Facetti sostuvo que el proyecto de ley de procedimiento abreviado, que fue vetado por el Poder Ejecutivo, tiene el objetivo de descomprimir la superpoblación en las cárceles del país. En este sentido, desmintió que se trate de un proyecto que beneficiará a los criminales.
“Evidentemente los que critican no leyeron el proyecto, tenemos la Constitución Nacional que habla de la prisión como modelo para la rehabilitación del individuo, entonces haciendo un análisis, todos nuestros códigos penales prevé soluciones al procedimiento”, mencionó el legislador.
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En este sentido, explicó que el 75 % de las personas privadas de libertad cuentan con una medida preventiva y no una sentencia firme, lo que lleva a una crisis penitenciaria con la superpoblación. “Tenemos que buscar una alternativa para llegar a la sentencia firme. En primer lugar, nos abocamos a las alternativas de libertad cuando modificamos el 245 hace unos años atrás en donde se le devolvió la atribución al juez de hacer un análisis de la situación, y ahí hubo una superpoblación en todas las penitenciarías”, explicó.
Indicó además que el procedimiento abreviado ya está previsto en la legislación, sin embargo, solo se logró con ello la superpoblación penitenciaria. “El procedimiento abreviado ya está previsto, es una medida, pero no es útil, así como está, porque limita 5 años, entonces al ser 5 años, a ser delito nadie admite su culpa, y prefiere litigar hasta que prescriba la causa o que cumpa la mínima, entonces salen sin sentencia”, apuntó.
Otro de los puntos abordados por el senador del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) fue dar mayor amplitud para lograr de manera rápida las sentencias y así evitar la aplicación de las medidas preventivas, que en muchos de los casos van hasta 5 años.
“Qué dicen los organismos de Derechos Humanos, no se puede tener el 75 % de la población en prisión con medidas preventivas, es una barbaridad, se tiene que llegar en un tiempo razonable a un juicio público, ¿por qué no se llega a un juicio?, en primer lugar el procedimiento abreviado no es útil por los 5 años, entonces una opción es darle mayor amplitud que es lo que proponemos en el proyecto. En segundo lugar, existe también una sobre carga”, apuntó.
Se trata del proyecto sancionado y vetado por el Ejecutivo, que plantea la modificación de los artículos 420 y 421 del Código Procesal Penal (CPP), Ley 1286/1998, el mismo propone la posibilidad de aplicar el procedimiento abreviado a hechos punibles con “expectativa de pena” que no supere los 12 años, en lugar de pena máxima que no supere los 5 años como actualmente rige.