El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) llamativamente decidió en estas elecciones generales prohibir divulgar el resultado de la boca de urna hasta una hora después de culminar las votaciones, pese a lo relevante que son estos datos para la ciudadanía. El abogado Federico Legal resaltó que esta medida constituye una forma de “censura previa”.
El profesional en derecho y gerente del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) recordó en contacto con Universo 970 AM/ Nación Media que, en un contexto electoral, crece el interés de la ciudadanía por conocer información relevante como, por ejemplo, los resultados de la boca de urna. Por lo que prohibir la difusión de esta clase de información constituye una “forma de censura previa”, que transgrede los preceptos de la Constitución Nacional.
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“No hay duda de lo que dice la Constitución y las normas que actualmente Paraguay adhiere. Todas hablan de garantizar la labor de la prensa sin censura alguna. La prohibición de difundir esta clase de información en días electorales o en la previa se cataloga como una forma de censura previa”, recalcó el especialista.
Luis Alberto Mauro, asesor del (TSJE), alertó esta mañana a los medios de prensa sobre esta prohibición, pese a los preceptos constitucionales que garantizan la libertad de prensa. El funcionario incluso advirtió sobre sanciones a quienes incumplan la normativa.
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