El director de Financiamiento Político del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Christian Ruiz Díaz, manifestó que la institución aún continúa analizando los mecanismos para la ejecución de la sentencia contra los ciudadanos que figuren en el padrón nacional y que no hayan cumplido con el pago de la multa tras infringir la obligación de sufragar.

“Hay que tener en cuenta que de acuerdo al proyecto de reglamentación que estamos elaborando y que vamos a someter hoy a consideración de los ministros del TSJE, esto va a recaer en una sentencia judicial porque es el Juzgado Electoral el que va a emitir una sentencia definitiva condenando al pago de la multa a las personas que no votaron y como sentencia judicial esto puede ser ejecutado”, refirió.

Mediante una comunicación con el programa “Así son las cosas”, emitido por la radio Universo 970 AM/Nación Media, Ruiz Díaz dijo que los mecanismos para la ejecución de la sentencia podrían ser a través de un embargo preventivo o a través de la Procuraduría General del Estado.

“Lo importante sería que la ciudadanía se acerque a los locales de votación para que ejerzan su derecho al voto. Las personas que figuran en el padrón nacional son las obligadas a votar, si no figurás en el padrón no estás obligado; por lo tanto, no recaerá la multa sobre la persona”, detalló.

Por otra parte, mencionó que los compatriotas radicados en el exterior, precisamente en Argentina, Brasil, Estados Unidos y España, se encuentran habilitados para sufragar. A la vez indicó que serán exceptuados de la multa equivalente a G. 98.000 los connacionales que viven lejos de las ciudades que fueron habilitadas en los mencionados 4 países para ejercer el derecho al voto.

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“Le vamos a excluir a las personas mayores de 75 años, a todos los paraguayos residentes en el extranjero que viven en las ciudades donde no se habilitaron las mesas receptoras de votación”, refirió.

Respecto al mecanismo de cobranza de la multa, dijo que se establecerán bocas y redes de cobranzas a nivel país. Agregó a la vez que las excusaciones por no haber votado podrán ser presentadas ante los juzgados electorales dentro del plazo que será establecido en la reglamentación a publicarse este jueves.

“Seguramente será dentro de los 120 días de haber terminado las elecciones porque primero se tiene que hacer el cruce de los padrones en la Justicia Electoral, determinar a los que no votaron, posteriormente se debe publicar la lista, es por eso que se debe tener un plazo para que puedan presentar las excusaciones”, puntualizó.

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