Este viernes 31 de marzo la Embajada de Estados Unidos en Paraguay convocó a una reunión técnica informativa a fin de exponer sobre los alcances de las sanciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC). A continuación, se transcribe textualmente el anuncio leído por el agregado comercial Samuel Sipes ante los periodistas invitados.

Vamos a compartir información sobre nuestro programa de sanciones. No soy abogado ni experto del cumplimiento de sanciones del sector bancario. Quiero explicar sobre la política de EEUU y un poco de nueva información de las sanciones.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros de nuestro departamento del tesoro OFAC administra y hace cumplir las sanciones económicas y comerciales basadas en la política exterior de EEUU. Las sanciones financieras son actos soberanos de EEUU que buscan 3 cosas: proteger al sistema de EEUU de los abusos; establecer consecuencias tangibles y significativas contra los actores corruptos, y promover el cambio de comportamiento de los sancionados.

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La Ley Global Magnitsky de Responsabilidad por los derechos humanos del 2016, que usamos acá hace dos meses, se enfoca en enfrentar los graves atropellos contra los derechos humanos y corrupción en el mundo al restringir su acceso a Estados Unidos.

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En 2022 el Congreso autorizó permanentemente esta ley, mediante una votación de 100 a 0 y 424 a 8 en la Cámara de los Representantes. Hay más de 600 personas y entidades en la Lista de Personas Bloqueadas y Nacionales Especialmente Designados (SDN) en el marco del programa global.

En América Latina, la OFAC apuntó a funcionarios en Cuba, República Dominicana, El Salvador, Nicaragua y Paraguay. En julio impulsó sanciones contra Horacio Cartes y Hugo Velázquez por su participación en el esquema de corrupción en Paraguay, de conformidad con la orden ejecutiva que implementa la ley.

Las sanciones resultan de un minucioso proceso deliberativo y están basadas en información creíble y corroborada e impiden que Cartes y Hugo Velázquez hagan negocios con empresas estadounidenses o accedan a bancos estadounidenses. Tienen bloqueado el uso del sistema de EEUU Todas las propiedades que sean de estas personas están bloqueadas y debe informarse a OFAC.

El bloqueo dispone una prohibición de realizar transferencia o trato de cualquier tipo. También prohíben a los ciudadanos de Estados Unidos realizar transacciones o apoyar a los designados.

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Cualquier entidad o entidades que sean propiedad o estén controladas directa o indirectamente o por el 50 % o más por una o más personas bloqueadas, también están bloqueadas. Los estadounidenses, ciudadanos o greencard también deben cumplir. Incluye a residentes permanentes donde estén. De no hacerlo, puede implicar sanciones penales o civiles de hasta millones de dólares.

Las sanciones no se aplican a paraguayos que hacen negocios con otros paraguayos, pero si una empresa hace negocios con empresas estadounidenses y si sus negocios tocan el sistema financiero de EEUU, hay que tener cuidado que esas empresas no estén controladas por una SDN.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa 50 % de relación con ciertas estructuras de propiedad?

Lo más importante es que si una persona sancionada tiene el 50% de entidad A y entidad A tiene 50% de entidad B, la entidad B se considera bloqueada, esto es porque la persona X bloqueada tiene el 50% de entidad B. Si son propiedad de una persona bloqueada, entonces esta entidad queda también bloqueada.

¿Qué son los intermediarios financieros?

Son los bancos, una transferencia electrónica en que una entidad SDN tiene un interés es lo que se considera entidad bloqueada. Los casos en que bancos operan como intermediarios y no tienen relación directa con la entidad, por ejemplo, la SDN no tiene una cuenta bancaria, cuando el banco maneja una transferencia electrónica y tiene información en su poder que lleva al banco a saber, o una entidad involucrada a la transacción, está sujeta al bloqueo, el banco será responsable si no toma las medidas para asegurarse de que la transferencia esté bloqueada.

OFAC espera que los bancos lleven adelante la diligencia, para confirmar que esos bancos no son personas cuya propiedad e intereses en la propiedad están bloqueados.

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¿Qué sucede cuando el control de una SDN cae por debajo del 50%?

Si la participación es inferior al 50%, la entidad ya no será considerada como bloqueada, cualquier transacción debe ocurrir completamente fuera de la jurisdicción de los EEUU, no debe involucrar a los EEUU. Si una persona tiene acciones en una entidad bloqueada, sus acciones serán bloqueadas y ellos necesitan autorización de OFAC.

Si la transacción pasa fuera de EEUU sin ciudadanos residentes permanentes en EEUU, ellos no necesitan notificar a OFAC. Se deben realizar las diligencias para determinar que cualquier supuesta desaparición de hecho ocurrió y que la transferencia no fue una transacción ficticia.

La OFAC insta a tener precaución al procesar transacciones que involucren a dichas entidades, ya que dichas entidades pueden convertirse en objeto de futuras designaciones de la OFAC.

Empresas en la lista

El 26 de enero de este año, la OFAC nombró a cuatro empresas en la lista de la SDN: Tabacos USA, Bebidas USA, Dominicana, Acquisition y Chajha. Este viernes 31 de marzo se anunció que la Oficina de Control de Activos Extranjeros agregó a Tabacalera del Este a la nómina de Personas Bloqueadas y Nacionales Especialmente Designada SDN.

Esta empresa, donde Horacio Cartes tenía el 50 % o más de acciones, ya estaba sujeta a las sanciones financieras de los EEUU anunciadas en enero. Ahora, fue incluida en la lista de SDN para que la OFAC emitiera una licencia general que le autorice (a Tabesa) a realizar pagos en virtud del acuerdo de conciliación maestro del tabaco de 1998.

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Fuente: HOY

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