Con el fin de introducir la figura del narcotest en los controles ruteros, la Comisión de Lucha contra el Narcotráfico, Ilícitos Conexos y Graves de la Cámara Baja, emitió dictamen de aprobación al proyecto “Que amplía y modifica el artículo 113 de la Ley N.° 5016/2014, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial y su modificatoria Ley N.° 6842/2021″.
Al respecto, este procedimiento permitirá detectar rápidamente si un conductor está manejando bajo la influencia de estupefacientes o sustancias sicotrópicas. Cabe señalar que el mismo se incluiría de forma conjunta con el alcotest.
“El procedimiento consiste en la introducción de un hisopo en la boca del conductor, pasando por las encías, mejillas y lengua, con el objeto de recoger saliva. Una vez que se tenga suficiente material para el examen, el hisopo es sometido a un dispositivo especial, que al cabo de 10 minutos entrega el resultado, indicando si la muestra es positiva para una serie de sustancias”, señala parte del proyecto.
El diputado Tito Ibarrola, presidente de la Comisión de Lucha contra el Narcotráfico, explicó que para esta iniciativa “se solicitó el parecer de varias instituciones como la Senad, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, y a la Patrulla Caminera y que no encuentran problemas legales para la implementación de la ley”.
En cuanto a la propuesta de modificación específica, cabe señalar que se agrega un inciso (ñ) al art. 113 de la referida ley, en la que se enumeran los ítems que son considerados como faltas gravísimas. “La conducción en estado de intoxicación por consumo de estupefacientes u otras sustancias psicoactivas que alteren las condiciones psicofísicas normales requeridas para conducir”, indica el inciso agregado.
Es decir, el ítem agregado también será considerado falta gravísima, al igual que la conducción en estado de intoxicación por el consumo de alcohol. Es importante señalar que el narcotest podrá realizarse a cualquier conductor que se encuentre manejando en el tránsito terrestre, y en el caso que resulte positivo, el afectado será sometido a un examen de sangre en el mismo lugar.
Asimismo, el proyecto contempla además la remisión de los resultados positivos al Ministerio Público para la persecución penal, y correspondiente la aplicación de la pena conforme a lo establecido en la ley N° 1160/1997, Código Penal.
Finalmente, la iniciativa establece que el aparato del narcotest deberá estar certificado por el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), y que todos los procedimientos deberán constar en un acta con todas las formalidades requeridas para el efecto.