El juez electoral Modesto Núñez urgió a los intendentes del departamento Central a retirar las propagandas electorales pertenecientes a los pasados comicios internos partidarios realizados el 18 de diciembre. Al respecto, agregó que en el caso de incumplimiento a la orden judicial los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para que se concreten las investigaciones y se proceda a las imputaciones.
“Intimamos a las municipalidades del departamento Central para que lo hagan dentro del plazo de 5 días hábiles y en el caso de que no lo hagan vamos a analizar remitir los antecedentes a la Fiscalía por desacato a una orden judicial. La intimación es una cuestión genérica por ahora, estamos registrando con fotografías y ubicaciones las propagandas electorales que están ahora, pero no hace falta que yo les diga cuáles son porque ellos deben administrar lo que existe en la vía pública”, expresó.
Al respecto, Núñez recordó que el periodo límite para realizar las propagadas electorales había culminado el pasado 15 de diciembre del 2022. Manifestó que las sanciones para los políticos consisten en la aplicación de multas, mientras que los jefes comunales que desacatan la orden se exponen a 5 años de pena privativa de libertad.
“Las sanciones son para los que hacen la propaganda electoral que se encuentran en la ordenanza, por ejemplo las penas de multas que van desde 10, 200 hasta 500 jornales en algunos casos. También el incumplimiento de una orden judicial es un hecho punible que tiene como sanción de 5 años de pena privativa de libertad, entonces nosotros remitiremos los antecedentes al Ministerio Público para que ellos realicen las investigaciones”, indicó en comunicación con la radio 1020 AM.
Núñez agregó también que incluso tres exjefes comunales fueron imputados por desacato judicial tras no haber procedido en sus respectivas administraciones a retirar las propagandas electorales. “Si no lo hacen los candidatos, entonces las municipales deben aplicar las ordenanzas. Los intendentes son los encargados de la limpieza y el orden público. Las propagandas realizadas en las internas ya no deben estar en las calles, todo esto ya es una suciedad”, sentenció.
Sanción ejemplificadora
El juez electoral detalló que los recursos económicos obtenidos por la aplicación de las multas ingresan en las arcas de los municipios. Agregó que en el caso de que se incurra en un gasto extraordinario para el retiro de las propagas electorales, el costo puede ser remitido incluso a los candidatos para que el procedimiento no sea finalmente costeado por los contribuyentes.
“Además de ser una fuente de ingreso para los municipios, es una sanción ejemplificadora para que esto ya no ocurra más, las municipalidades deben aplicar sus propias ordenanzas y que se cumplan de una vez la ley sobre la propaganda electoral, sobre todo lo referente a los plazos”, remarcó.
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