Los exaltos funcionarios del Instituto de Previsión Social (IPS) Andrés Gubetich y Pedro Halley solicitan al Senado la postergación por un plazo indeterminado del proyecto de ley que autoriza a la previsional adquirir préstamos para cancelar una deuda de 240 millones de dólares adquirida con las proveedoras de insumos y medicamentos.
Al respecto, solicitaron a los parlamentarios constituir una mesa de trabajo entre todos los poderes del Estado, las asociaciones de trabajadores, empleadores y jubilados del IPS en la que puedan formularse las alternativas de pago de la deuda a las proveedores y que eso no afecte la calidad de los servicios médicos al asegurado ni arriesguen recursos del Fondo Común de Jubilaciones y Pensiones.
El proyecto de ley impulsado por el cuestionado titular de la previsional, Vicente Bataglia, y el diputado abdista Arnaldo Samaniego ya fue aprobado días atrás en la Cámara Baja mediante una maniobra que fue orquestada por los legisladores del oficialismo y liberales.
En el documento presentado a la presidencia de la Cámara de Senadores, a cargo del colorado Óscar “Cachito” Salomón, ambos sostienen que el IPS no es el único obligado para el pago de los efectos causados en su administración por la atención a los no asegurados incluidos en el sistema de salud por la ley de emergencia y los decretos reglamentarios, que señalan al Estado, a través del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, la obligación de resarcir esos montos.
Alternativas de pago
Tanto Gubetich, que ocupó la presidencia del IPS, y Halley, que se desempeñó en el cargo de gerente de Prestaciones Económicas, argumentaron también que la deuda puede honrarse acudiendo a diversas fuentes de financiamiento como ser el pago del saldo de la deuda histórica del Estado con el seguro social equivalente a 350 millones de dólares o el pago de los costos por la atención proveída a los no asegurados durante la pandemia del COVID-19, equivalente a 70 millones de dólares, o con los recursos existentes en el fondo de imprevistos estipulado en el artículo 7 de la Ley N° 98/92.
Otra alternativa que proponen se centra en la utilización del 1% del aporte patronal adicional al 2,5% que se destina a gastos rígidos del Ministerio de Salud y del Ministerio del Trabajo, o la ampliación de los términos de las leyes que crean el fondo nacional de cobertura a pacientes con COVID-19 hospitalizados.
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